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lunes, 13 de diciembre de 2021

Unión Europea 2.4.1. Los Reglamentos.

Los Reglamentos Unión Europea


Vídeo procedente del canal de Youtube Madrid Europa



El REGLAMENTO: Principal fuente del Derecho Derivado e instrumento de regulación jurídica más preciso dentro del sistema de la UE.

Art. 288. 2º TFUE.

  • Reglamento:  Alcance generalObligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado Miembro.
El Reglamento es el equivalente europeo de la ley, que es la norma típica en las fuentes de derecho de cada país, ya que mediante él, se expresa el poder legislativo de la UE, además de prescripciones generales e impersonales aplicables directamente.


Características Reglamento:

.- Carácter General, cosa que lo diferencia de los actos de alcance individual (decisiones)
.-Obligatorio en TODOS sus elementos.
.-Directamente aplicable en cada uno de los Estados Miembros, no necesita ninguna medida de tipo legislativo / administrativo/ judicial para producir efectos.

Resumiendo, el Reglamento se aplica sin medida alguna que pueda suponer una recepción en el Derecho Nacional. Una vez aprobado, posee presunción de validez y sólo puede declararlo ilegal el Tribuna de Justicia de la Unión Europea a través de los sistemas previstos para ello.


Clases de Reglamentos:

  • Legislativos.
    • Se adoptan por procedimiento legislativo ordinario, los firmados por los presidentes del Consejo y del Parlamento.
    • Adoptados por el procedimiento legislativo especial, los firmados por el presidente del parlamento o del Consejo.
  • No Legislativos, aunque vinculantes.

Publicación de los Reglamentos:
  • Reglamento: sólo necesita publicarse en el Diario Oficial Unión Europea (DOUE), no en boletines de estados miembros.
  • Firmados por Presidente de la Institución que los Adopte.

Entrada en vigor de los Reglamentos:
  • Regla General: fecha establecida en el propio Reglamento.
  • Regla Especial: 20 días desde su publicación.


   Ejemplo de Reglamento.  Canal de Youtube Sintoniza Europa

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