domingo, 30 de agosto de 2020

2.2 La Administración Electrónica. Firma electrónica y DNI Electrónico.

 

Firma Electrónica.

La usamos hace ya tiempo.  ¿Pero sabemos exactamente de qué estamos hablando?

Los ciudadanos acreditamos nuestra identidad mediante el uso de certificados electrónicos, que la autentican  ante un tercero.  Con este sistema accedemos a la Seguridad Social, DGt, etc.

Pero aunque lo hagamos desde casa... no deja de ser un trámite, electrónicamente usamos nuestra firma digital como si fuera nuestra firma "manual".  Esto está regulado en la 59/2003, concretamente nos vamos al artículo 3:

“La firma electrónica es el conjunto de datos en forma electrónica consignados junto a otros o asociados con ellos que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.

La firma electrónica avanzada es la firma electrónica que permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados que está vinculado al firmante de manera única y a los datos a los que se refiere y que ha sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control”.

Se considera firma electrónica reconocida la firma avanzada basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma”.

La firma electrónica reconocida tendrá respecto de los datos consignados en forma electrónica, el mismo valor que la firma manuscrita en relación de los consignados en papel”.


Exactamente la misma definición encontraremos en la Directiva Europea 1999/93/CE por la que se creó el marco común para la firma electrónica en el ámbito de la Unión Europea.

La mayoría de nosotros no distinguimos firma digital de firma electrónica.  Porque resulta que no es lo mismo.  


Firma digital:  naturaleza legal, y más amplia técnicamente hablando ya que no siempre es necesario usarla con métodos criptográficos.

Es cierto que al principio del desarrollo del marco europeo para crear la firma electrónica, se le denominaba "firma digital" pero finalmente se acabó por denominar "firma electrónica". 


En definitiva, cuando se habla de firma electrónica, en la mayoría de los casos realmente se trata de firma digital, que se basa en el sistema de clave pública/algoritmo de cifrado y acredita la identidad del firmante mediante el X509.

Los certificados sirven para comprobar la identidad del firmante, no se usan para firmar.  En realidad firmamos con nuestra clave privada y es entonces cuando el certificado electrónico confirma nuestra identidad.


 

TERMINO

 

 

DEFINICIÓN

 

Poseedor de claves

 

Posee dos claves criptográficas matemáticamente relacionadas. Una privada secreta y una pública que puede dar a conocer.

 

 

Firma electrónica

 

Art. 3 Ley 59/2003.  “Conjunto de datos en forma electrónica consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.

 

 

Firma digital

 

 

Operación criptográfica realizada sobre un documento con la clave privada de su único poseedor.

 

 

 

 

Verificación de la firma

 

 

 

 

 

 

Operación criptográfica, realizada únicamente con la clave pública del firmante.

 

Identificación del firmante

 

 

Puede hacerse durante la verificación de la firma cuando conocemos inequívocamente a quien pertenece la clave pública.

 

 

Certificado Digital

 

 

Estructura de datos que contiene la clave pública de un usuario junto con sus datos de identificación, nombre y DNI. Los emiten los Prestadores de Servicios de Certificación y sirven para verificar las firmas e identificar al firmante.

 

 

 

 

Datos de creación de la firma

 

 

 

Clave privada del titular.

 

 

Datos de verificación de firmas.

 

 

Clave pública del titular.

 

 

Certificado electrónico de firmante.

 

 

Documento que vincula unos datos de verificación de firma a un firmante.

 

 

 

Certificado reconocido

 

 

Certificado que contiene los datos que marca la ley y es emitido por un Prestador de Servicios de Certificación que cumple las obligaciones legales establecidas para la comprobación de la identidad del titular, fiabilidad y garantías.

 

 

 

Dispositivo seguro de creación de firma

 

 

Dispositivo que sirve para aplicar los datos de creación de firma y posee una serie de garantía de seguridad.

 

 

 

Firma electrónica reconocida

 

 

 

Firma electrónica creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma. Judicialmente tiene el mismo valor que la firma manuscrita.

 


DNI ELECTRÓNICO.

Desde 2006, se expiden DNI electrónicos en España.  De ese modo se proporcionaba identidad personal a los ciudadanos para que pudieran ejercerla también a nivel electrónico.

Legalmente se acopla al marco establecido por la Unión Europea.  Contiene dos certificados (X0509v3) de ciudadano (uno de autenticación y otro de firma) y las claves privadas asociadas que se generan/insertan durante la expedición del DNI-e.

  • El certificados de autenticación permite al ciudadano certificar su identidad frente a terceros, demostrando la posesión y el acceso a la clave privada asociada a dicho certificado y que acredita su identidad.
  • El certificado de firma electrónica reconocida/cualificada mediante el cual podemos realizar gestiones, firmar documentos, etc.  
El DNIe no contiene ninguna otra información relativa a datos personales ni de cualquier otro tipo de información confidencial.

El usuario tiene que recordar la clave asignada para poder hacer gestiones.  A mí personalmente, se me ha olvidado alguna vez.  Menos mal que es suficiente con ir a la comisaria de la policia nacional, meterlo en la "maquinita", poner el dedo para que te lea la huella y poner la nueva clave.

Ahora bien, el uso del DNIe solo es posible a través de un lector de tarjetas inteligentes (te puedes comprar un teclado con lector, o un simple lector que se acopla a  tu ordenador mediante un usb), y también es necesario que tu ordenador cuente con el software específico que se puede descargar en la web de la Dirección General de la Policía, concretamente en el área "descargas" dentro del portar "DNIe".



Con nuestro DNIe podemos hacer cosas como:

  • Realizar Declaración Renta.
  • Solicitar el informe de vida laboral y tenerlo al instante
  • Inscribirnos en bolsas y oposiciones
  • Averiguar los puntos del carnet de conducir
  • firmar documentos
  • acceder al catastro
  • solicitar pretaciones al Sepes...
¿Son seguras las conexiones?

HTPS es el protocolo de red basado en el protocolo HTTP, destinado a la transferencia segura de datos de hipertexto.  HTTPS es la versión segura de HTTP, ya que su cifrado se basa en la tecnologia SSL más apropiada para el tráfico de información sensible que el HTTP.

Así se protege tanto el nombre de usuario como sus claves, evitando su uso por algún delincuente electrónico. No podría descrifrar los datos.

Estos protocolo se usa en Chrome, Edge, Explore, Mozilla Firefox...

Lo verás con frecuencia en la banca online, tiendas en línea, y cualquier tipo de servicio que requiera el envío de datos personales o contraseñas.

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