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sábado, 2 de mayo de 2026

12.- Los recursos de las haciendas locales.

Los recursos de las haciendas locales. 



TITULO PRIMERO
Recursos de las Haciendas Locales
CAPITULO PRIMERO
Enumeración


Artículo 2
1.  La Hacienda de las Entidades Locales estará constituida por los siguientes recursos:

  • a.- Los ingresos procedentes de su patrimonio y demás de Derecho Privado.
  • b.- Los tributos propios clasificados en tasas, contrubuciones especiales e impuestos y los recargos exigibles sobre los impuestos de las CCAA o de las otras Entidades Locales.
  • c.- Las participaciones en los tributos del Estado y de las Comunidades Autónomas.
  • d.- Las subvenciones.
  • e.- Los percibidos en concepto de precios públicos.
  • f.- El producto de las operaciones de crédito.
  • g.- El producto de las multas y sanciones en el ámbito de sus competencias.
  • h.- Las demás prestaciones de Derecho Público. 

2.  Para la cobranza de los tributos y de las cantidades que como ingresos de Derecho público debe percibir la Hacienda de las Entidades Locales, de conformidad con lo previsto en el apilado anterior, dicha Hacienda de las Entidades locales, de conformidad con lo previsto en el apilado anterior, dicha Hacienda ostentará las prerrogativas establecidas legalmente para la Hacienda del Estado, y actuará en su caso, conforme a los procedimientos administrativos correspondientes.





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¿Intentamos aprenderlo de un modo más sencillo?

 

✅ CONCEPTO GENERAL

La Hacienda de las entidades locales está constituida por los recursos de Derecho Privado y de Derecho Público, enumerados expresamente en el artículo 2.

📌 Lista cerrada:  LO QUE NO ESTÉ AQUÍ NO ES UN RECURSO

🧠 ENUMERACIÓN COMPLETA

A.- Ingresos procedentes de su patrimonio y demás de Derecho privado.

B.- Tributos propios clasificados en:

  • Tasas

  • Contribuciones especiales

  • Impuestos

  • Recargos sobre impuestos de la CCAA u otras Entidades Locales

C. Participaciones en los tributos del Estado y de las CCAA

D. Subvenciones

E. Precios Públicos

F. Producto de las operaciones de crédito.

G.- Producto de multas y sanciones en el ámbito de sus competencias.

H. Demás prestaciones de Derecho Público.

🧩 Truco de lista (memoria):

PA – TRI – PAR – SU – PRE – CRE – MUL – PRE


ARTÍCULO 2.2 – COBRANZA Y PRERROGATIVAS

Para la cobranza de:

  • Tributos

  • Demás ingresos de Derecho Público


👉 Hacienda Local

  • 👉 Ostenta las mismas prerrogativas que la Hacienda del Estado

  • 👉 Actúa conforme a los procesos Administrativos.




 🎵 FRASES RÍTMICAS PARA MEMORIZAR

🔹 Enumeración general

Patrimonio y Tributos van primero,

participan subvención y precio viajero.

Crédito suma, multas también,

y lo público cierra el tren.


🔹 Tributos propios

Tasas, impuestos y contribución,

más el recargo entra en la función.

🔹 Cobranza (art. 2.2)

Si cobro tributo o público ingreso, 

actúo como el Estado, eso es lo correcto.

Versión corta (🔥 examen): Ingreso público > vía administrativa


🧠 RIMA GLOBAL (repaso rápido)

“Recursos locales, lista cerrada, 
patrimonio, tributo y participación sumada. 
Subvención, precio, crédito y sanción, 
y lo público se cobra con poder de Nación.”


📝 TEST TIPO EXAMEN

Artículo 2 – Recursos de las Haciendas Locales

Pregunta 1

¿Cuál de los siguientes constituye un recurso de la Hacienda Local?

A) Dominio público 
B) Patrimonio y demás ingresos de Derecho privado 
C) Actividades económicas privadas 
D) Recaudaciones estatales directas

✅ Respuesta correcta: B

Pregunta 2

Los tributos propios de las Entidades Locales se clasifican en:

A) Tasas, precios públicos e impuestos 
B) Tasas, contribuciones especiales e impuestos 
C) Impuestos y recargos 
D) Tasas y sanciones

✅ Respuesta correcta: B

Pregunta 3

Las participaciones en los tributos del Estado y de las Comunidades Autónomas son:

A) Tributos propios 
B) Subvenciones 
C) Recursos de la Hacienda Local 
D) Prestaciones patrimoniales privadas

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 4

El producto de las operaciones de crédito es:

A) Un tributo 
B) Un ingreso patrimonial 
C) Un recurso financiero de la Hacienda Local 
D) Una prestación de Derecho privado

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 5

Las multas y sanciones constituyen:

A) Tributos 
B) Subvenciones 
C) Recursos de la Hacienda Local 
D) Precios públicos

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 6

Para la cobranza de los tributos y demás ingresos de Derecho público, la Hacienda Local:

A) Actúa como un sujeto privado 
B) Carece de prerrogativas 
C) Ostenta las prerrogativas de la Hacienda del Estado 
D) Debe acudir a la vía civil

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 7

La cobranza de estos ingresos se realiza conforme a:

A) Procedimientos civiles 
B) Procedimientos mercantiles 
C) Procedimientos administrativos 
D) Procedimientos arbitrales

✅ Respuesta correcta: C


🎯 CLAVES DE TRIBUNAL (IMPORTANTÍSIMO)

  •  Lista cerrada (enumeración literal)

  • ✅ Tributos ≠ precios públicos

  • ✅ Ingreso público → vía administrativa

  • ✅ Prerrogativas = Hacienda del Estado


                               👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽👽

Artículo 3.

1.  Constituyen ingresos de Derecho privado de las entidades locales, los rendimientos o productos de cualquier naturaleza derivados de su patrimonio, asi como las adquisiciones a título de herencia, legado o donación.
2.  A estos efectos, se considerará patrimonio de las Entidades locales el constituido por los bienes de su propiedad, así como por los derechos reales o personales de que sean titulares, susceptibles de valoración económica, siempre que unos y otros no se hallen afectos al uso o servicio público.
3.  En ningún caso tendrán la consideración de ingresoso de Derecho privado los que procedan, por cualquier concepto, de bienes de domini público local.  

Artículo 4.  

La efectividad de los derechos de la Hacienda Local comprendidos en este capítulo se llevará a cabo con sujeción a las normas y procedimientos del Derecho privado.

Artículo 5.

Los ingresos procedentes de la enajenación o gravamenes de bienes y derechos que tengan la consideración de patrimoniales no podrán destinarse a la financiación de gastos corrientes, salvo que se trate de parcelas sobrantes de vías públicas no edificables o de efectos no utilizables en servicios municipales o provinciales.

Ahora vamos a ver lo mismo pero un poco más comprensible.

✅ RESUMEN

INGRESOS DE DERECHO PRIVADO DE LAS ENTIDADES LOCALES

(Arts. 3, 4 y 5)

🔹 Concepto

Son ingresos de Derecho privado aquellos que proceden del patrimonio privado de las Entidades Locales y de adquisiciones gratuitas, y se rigen por el Derecho privado.

🔹 Artículo 3. Ingresos de Derecho privado

  1. Constituyen ingresos de Derecho privado:

  1. Rendimientos o productos de cualquier naturaleza derivados de su patrimonio.

  1. Adquisiciones a título de: 

  1. Herencia

  1. Legado

  1. Donación

  1. Patrimonio de las Entidades Locales:

  1. Bienes de su propiedad.

  1. Derechos reales o personales: 

  1. De los que sean titulares.

  1. Susceptibles de valoración económica.

  1. Requisito esencial: 
    👉 Que NO estén afectos al uso o servicio público.

  1. Exclusión expresa:

  1. Nunca tendrán la consideración de ingresos de Derecho privado: 

  1. Los procedentes de bienes de dominio público localpor cualquier concepto.

🔹 Artículo 4. Régimen jurídico

  • La efectividad de los derechos de la Hacienda Local regulados en este capítulo: 

  • Se realizará conforme a: 

  • Normas

  • Procedimientos

  • Del Derecho privado.


🔹 Artículo 5. Destino de los ingresos patrimoniales

  • Los ingresos procedentes de: 

  • Enajenación

  • Gravámenes 
    de bienes y derechos patrimoniales:

❌ NO pueden destinarse a gastos corrientes

✅ Excepción:

  • Sí podrán destinarse a gastos corrientes cuando procedan de: 

  • Parcelas sobrantes de vías públicas no edificables.

  • Efectos no utilizables en servicios municipales o provinciales.


🧠 INFOTOEMA / INFOGRAFÍA TEXTUAL (MEMORIZACIÓN RÁPIDA)

INGRESOS DE DERECHO PRIVADO 
┌────────────────────────────┐ 
│      ARTÍCULO 3            │ 
└────────────────────────────┘ 
→ Proceden del PATRIMONIO 
→ Herencia, legado y donación 
 
PATRIMONIO 
✔ Bienes propios 
✔ Derechos reales o personales 
✔ Valorables económicamente 
✖ NO afectos al uso/servicio público 
 
🚫 NUNCA son ingresos privados: 
→ Bienes de dominio público local 
 
┌────────────────────────────┐ 
│      ARTÍCULO 4            │ 
└────────────────────────────┘ 
→ Régimen jurídico 
→ DERECHO PRIVADO 
 
┌────────────────────────────┐ 
│      ARTÍCULO 5            │ 
└────────────────────────────┘ 
Regla general: 
✖ No financiar gastos corrientes 
 
Excepciones: 
✔ Parcelas sobrantes no edificables 
✔ Efectos no utilizables 
 

📄 CHULETA A4

INGRESOS DE DERECHO PRIVADO DE LAS ENTIDADES LOCALES

(Arts. 3, 4 y 5)

✅ ARTÍCULO 3. INGRESOS DE DERECHO PRIVADO

🔹 ¿Qué son?

Constituyen ingresos de Derecho privado:

  • ✅ Rendimientos o productos de cualquier naturaleza derivados del patrimonio.

  • ✅ Adquisiciones a título de: 

  • Herencia

  • Legado

  • Donación

🔹 ¿Qué se entiende por patrimonio?

Se considera patrimonio de las Entidades Locales:

  • 🏠 Bienes de su propiedad

  • 📜 Derechos reales o personales

  • 💰 Susceptibles de valoración económica

⚠️ Condición imprescindible: 
👉 NO estar afectos al uso o servicio público.


🔹 Exclusión absoluta

🚫 NUNCA tendrán la consideración de ingresos de Derecho privado:

  • Los procedentes, por cualquier concepto, de

  • Bienes de dominio público local


✅ ARTÍCULO 4. RÉGIMEN JURÍDICO

  • La efectividad de los derechos de la Hacienda Local: 

  • Normas

  • Procedimientos

➡️ Se llevará a cabo conforme al DERECHO PRIVADO.

🧠 Idea clave de examen: 
👉 Ingresos privados = régimen jurídico privado.

✅ ARTÍCULO 5. DESTINO DE LOS INGRESOS PATRIMONIALES

🔹 Regla general

❌ Los ingresos procedentes de:

  • Enajenación

  • Gravámenes

de bienes y derechos patrimoniales 
➡️ NO pueden financiar gastos corrientes.

🔹 Excepciones (SÍ pueden financiar gastos corrientes)

✅ Cuando procedan de:

  • Parcelas sobrantes de vías públicas no edificables

  • Efectos no utilizables en servicios: 

  • Municipales

  • Provinciales


🧠 ESQUEMA ULTRARRÁPIDO (MEMORIA VISUAL)

INGRESOS DERECHO PRIVADO 
 
├─ Art. 3 → Patrimonio 
│   ├─ Bienes y derechos 
│   ├─ Valorables económicamente 
│   └─ NO afectos a uso/servicio público 
 
│   + Herencia / Legado / Donación 
 
│   🚫 Nunca: Dominio público 
 
├─ Art. 4 → Régimen 
│   └─ Derecho privado 
 
└─ Art. 5 → Destino 
    ├─ Regla: ❌ Gasto corriente 
    └─ Excepción: 
        ✔ Parcelas sobrantes no edificables 
        ✔ Efectos no utilizables 
 

🎯 FRASES CLAVE DE EXAMEN (APRENDER TAL CUAL)

  • “No afectos al uso o servicio público”

  • “En ningún caso bienes de dominio público”

  • “Con sujeción al Derecho privado”

  • “No financiación de gastos corrientes, salvo excepciones


📝 TEST – INGRESOS DE DERECHO PRIVADO

(Arts. 3, 4 y 5)


Pregunta 1

¿Cuáles de los siguientes tienen la consideración de ingresos de Derecho privado de las Entidades Locales?

A) Los ingresos derivados del dominio público local. 
B) Los rendimientos del patrimonio y las adquisiciones por herencia, legado o donación. 
C) Exclusivamente los ingresos tributarios. 
D) Los ingresos por tasas y precios públicos.

✅ Respuesta correcta: B

Pregunta 2

A efectos de los ingresos de Derecho privado, se considera patrimonio de las Entidades Locales:

A) Únicamente los bienes afectos al uso público. 
B) Los bienes de su propiedad y derechos no valorables económicamente. 
C) Bienes y derechos susceptibles de valoración económica no afectos al uso o servicio público. 
D) Todos los bienes, incluidos los de dominio público.

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 3

¿Cuál es el requisito esencial para que un bien o derecho forme parte del patrimonio a estos efectos?

A) Que esté inscrito en el Catastro. 
B) Que sea de dominio público. 
C) Que esté afecto al uso público. 
D) Que no esté afecto al uso o servicio público.

✅ Respuesta correcta: D

Pregunta 4

Los ingresos procedentes de bienes de dominio público local:

A) Son ingresos de Derecho privado si generan rendimientos. 
B) Son ingresos de Derecho privado si no están afectados a un servicio. 
C) Nunca tienen la consideración de ingresos de Derecho privado. 
D) Tienen carácter mixto.

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 5

La efectividad de los derechos de la Hacienda Local comprendidos en este capítulo se llevará a cabo conforme a:

A) El Derecho administrativo. 
B) El Derecho financiero. 
C) El Derecho tributario. 
D) El Derecho privado.

✅ Respuesta correcta: D

Pregunta 6

El régimen jurídico aplicable a los ingresos de Derecho privado de las Entidades Locales es:

A) Exclusivamente el Derecho público. 
B) Preferentemente el Derecho administrativo. 
C) El Derecho privado. 
D) El Derecho tributario local.

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 7

Los ingresos procedentes de la enajenación de bienes patrimoniales:

A) Pueden destinarse libremente a gastos corrientes. 
B) No pueden destinarse a la financiación de gastos corrientes, con excepciones. 
C) Deben destinarse siempre a inversiones. 
D) Son ingresos de dominio público.

✅ Respuesta correcta: B

Pregunta 8

¿Cuál de los siguientes supuestos  permite destinar ingresos patrimoniales a gastos corrientes?

A) Venta de un edificio municipal en uso. 
B) Enajenación de una plaza pública. 
C) Parcelas sobrantes de vías públicas no edificables. 
D) Cesión de un bien de dominio público.

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 9

Conforme al artículo 5, también podrán destinarse a gastos corrientes los ingresos procedentes de:

A) Bienes de dominio público. 
B) Efectos no utilizables en servicios municipales o provinciales. 
C) Tasas por utilización privativa. 
D) Multas y sanciones.

✅ Respuesta correcta: B

Pregunta 10

Señale la afirmación correcta:

A) Todos los bienes municipales forman parte del patrimonio. 
B) Los bienes de dominio público pueden generar ingresos de Derecho privado. 
C) Los derechos patrimoniales se rigen por normas de Derecho privado. 
D) Los ingresos patrimoniales financian siempre gastos corrientes.

✅ Respuesta correcta: C

🎯 CONSEJO DE EXAMEN

📌 Ojo con las palabras:

  • “En ningún caso”

  • “No afectos al uso o servicio público”

  • “Derecho privado”

  • “Salvo que…”


🧠 TRUCOS PARA MEMORIZAR

INGRESOS DE DERECHO PRIVADO (Arts. 3, 4 y 5)

🔹 ARTÍCULO 3 – ¿QUÉ SON?

🧩 Truco principal: “PA-HER-LE-DO”

👉 PATRIMONIO 👉 HERencia 
👉 LEgado 
👉 DOnación

✅ Si ves esas palabras → Derecho privado


🧠 Truco para PATRIMONIO

➡️ “BI-DE-VA-NO”

  • BIenes

  • DErechos

  • VAlorables económicamente

  • NO afectos al uso o servicio público

📌 Si está afectoNO es patrimonio a estos efectos.


🚫 Exclusión clave (muy preguntable)

🧠 Frase gancho:

“Dominio público = NUNCA privado”

O más corta aún:

“Domi-público, fuera del juego”

✅ En examen, si lees dominio público, tacha mentalmente Derecho privado.


🔹 ARTÍCULO 4 – RÉGIMEN JURÍDICO

🧩 Truco directo:

“Ingreso privado → Derecho privado”

O en forma de flecha (visual):

PRIVADO → PRIVADO 
 

📌 El tribunal suele meter:

  • Administrativo ❌

  • Financiero ❌

  • Tributario ❌

👉 Privado ✅


🔹 ARTÍCULO 5 – DESTINO DE LOS INGRESOS

🧩 Regla general (muy típica):

🧠 “Lo patrimonial NO paga lo diario”

👉 Patrimoniales 
❌ Gastos corrientes

✅ Excepciones (APRENDER DE MEMORIA)

🧩 Truco: “SO-VE”

  • SObrantes (parcelas sobrantes no edificables)

  • VEjos / efectos no utilizables

📌 Si es:

  • Sobrante

  • No edificable

  • No utilizable 
    👉  gasto corriente


🧠 MAPA MENTAL EXPRESS (PARA ÚLTIMO REPASO)

ART. 3 → QUÉ 
Patrimonio + Herencia/Legado/Donación 
NO afecto 
NUNCA dominio público 
 
ART. 4 → CÓMO 
Derecho privado 
 
ART. 5 → PARA QUÉ 
Regla: NO gasto corriente 
Excepción: SOBRANTES + EFECTOS 
 

🎯 FRASES “ANTI-ERROR DE TRIBUNAL”

Repítelas tal cual:

  • ❗ “No afectos al uso o servicio público”

  • ❗ “En ningún caso dominio público”

  • ❗ “Con sujeción al Derecho privado”

  • ❗ “Salvo parcelas sobrantes y efectos no utilizables”


📝 CONSEJO FINAL DE MEMORIA

Si solo recuerdas 3 ideas, recuerda estas:

1️⃣ Privado = no afecto 
2️⃣ Dominio público = nunca privado 
3️⃣ Patrimonial ≠ gastos corrientes (salvo SO-VE)


Perfecto 👍 
Aquí tienes FRASES RÍTMICAS + CANTINELAS pensadas para repetir en voz alta y que se te activen solas en el examen. Están hechas artículo por artículo y en lenguaje opositor.


🎵 FRASES RÍTMICAS PARA MEMORIZAR

INGRESOS DE DERECHO PRIVADO (Arts. 3, 4 y 5)

🔹 ARTÍCULO 3 – CONCEPTO

🥁 Frase base (la más importante)

“Patrimonio que no se usa, privado que se acusa.”

👉 Si no está afecto, es privado.

🥁 Ingresos de Derecho Privado

“De patrimonio viene el dinero, 
más herencia, legado y donación primero.”


🥁 Patrimonio (definición)

“Bienes y derechos con valor real, 
si no sirven al público, cuentan tal cual.”


🥁 Exclusión absoluta (muy preguntable)

“Dominio público, regla segura:
privado no es, ni por cara ni fingidura.”

O versión corta (🔥 muy eficaz): Dominio público, NUNCA privado.”


🔹 ARTÍCULO 4 – RÉGIMEN JURÍDICO

🥁 Cantinela directa

“Ingreso privado, Derecho privado.”

O en eco mental:

Privado… 👉 privado.


🥁 Anti-trampa de examen

“No es admin ni tributario, 
si es privado va por su horario.”

👉 Todas las demás ramas = ❌


🔹 ARTÍCULO 5 – DESTINO DE LOS INGRESOS

🥁 Regla general

“Lo patrimonial no paga lo diario.”

O más rítmica: “Patrimonial vendido, gasto corriente prohibido.”

🥁 Excepciones (clave)

“Sobrante no edificable y efecto olvidado, 
sí pagan lo diario, está autorizado.”

🥁 Regla + excepción (frase completa)

“Patrimonio no gasta corriente, 
salvo sobrante o efecto inservible solamente.”

🧠 FRASES COMODÍN PARA TEST

Estas se activan cuando dudas entre dos opciones:

  • ✅ “Si está afecto, fuera del patrimonio.”

  • ✅ “Dominio público nunca juega.”

  • ✅ “Privado se cobra como privado.”

  • ✅ “Vender patrimonio no paga el día a día.”

🎯 MINI-RIMA FINAL (REPASO EXPRESS)

👉 Repite en 20 segundos:

“Patrimonio no afecto es privado, 
dominio público siempre descartado. 
Privado se rige por lo privado, 
y lo patrimonial no paga lo gastado… 
salvo sobrantes o efectos olvidados.”

Aquí tienes un TEST TIPO EXAMEN construido SOLO con las RIMAS, para que entren por memoria automática. Ideal para repasar sin pensar la ley.

📝 TEST DE MEMORIA RÍTMICA

Ingresos de Derecho Privado (Arts. 3, 4 y 5)

👉 Todas las respuestas correctas se deducen de las rimas 
(Si recuerdas la rima, aciertas).

Pregunta 1

Según la rima “Patrimonio que no se usa, privado que se acusa”, un ingreso será de Derecho privado cuando:

A) Proceda del dominio público. 
B) Esté afecto al uso público. 
C) Proceda de patrimonio no afecto al uso o servicio público. 
D) Sea un tributo local.

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 2

La rima “De patrimonio viene el dinero, más herencia, legado y donación primero” indica que son ingresos de Derecho privado:

A) Solo los rendimientos patrimoniales. 
B) Patrimonio, herencia, legado y donación. 
C) Tasas y precios públicos. 
D) Subvenciones.

✅ Respuesta correcta: B

Pregunta 3

De acuerdo con la rima “Bienes y derechos con valor real, si no sirven al público, cuentan tal cual”, para ser patrimonio es imprescindible que:

A) Sean bienes de dominio público. 
B) Estén afectos a un servicio público. 
C) Sean valorables económicamente y no afectos al uso público. 
D) Procedan de tributos.

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 4

Según la rima “Dominio público, NUNCA privado”, los ingresos procedentes del dominio público: 

A) Son ingresos de Derecho privado. 
B) Pueden ser privados si generan rendimientos. 
C) Nunca tienen la consideración de ingresos de Derecho privado. 
D) Se rigen por el Derecho privado.

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 5

La rima “Ingreso privado, Derecho privado” indica que el régimen jurídico aplicable es:

A) Derecho administrativo. 
B) Derecho tributario. 
C) Derecho privado. 
D) Derecho presupuestario.

✅ Respuesta correcta: C


Pregunta 6

Si aparece una opción que diga “Derecho administrativo” como régimen de los ingresos privados, según la rima 
“No es admin ni tributario, si es privado va por su horario”, debes:

A) Marcarla como correcta. 
B) Dudar. 
C) Descartarla. 
D) Compararla con la tributaria.

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 7

La rima “Patrimonial vendido, gasto corriente prohibido” significa que los ingresos patrimoniales:

A) Pueden financiar cualquier gasto. 
B) Deben destinarse a gasto corriente. 
C) No pueden destinarse a gastos corrientes, con carácter general. 
D) Se destinan siempre a inversiones obligatorias. 

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 8

Según la rima “Sobrante no edificable y efecto olvidado, sí pagan lo diario”, ¿cuándo SÍ pueden financiar gastos corrientes?

A) Siempre. 
B) Nunca. 
C) En caso de parcelas sobrantes no edificables y efectos no utilizables. 
D) Solo con autorización plenaria.

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 9

La rima “Vender patrimonio no paga el día a día” se refiere a:

A) Bienes de dominio público. 
B) Ingresos tributarios. 
C) Enajenación de bienes patrimoniales. 
D) Tasas municipales.

✅ Respuesta correcta: C

Pregunta 10

Según la rima final “Privado se cobra como privado”, la efectividad de estos derechos se realiza conforme a:

A) Normas del Derecho administrativo. 
B) Procedimientos del Derecho privado. 
C) Ley general tributaria. 
D) Legislación presupuestaria.

✅ Respuesta correcta: B


🎯 USO RECOMENDADO

✅ Lee la pregunta 
✅ Recita mentalmente la rima 
✅ Marca la respuesta sin razonar la ley




12.- Los recursos de las haciendas locales.

Los recursos de las haciendas locales.  Enlace a un estudendo Canal: Deadet TITULO PRIMERO Recursos de las Haciendas Locales CAPITULO PRIMER...