viernes, 24 de septiembre de 2021

Unión Europea 2. Parlamento Europeo. 2ª Parte.

Parlamento Europeo.  2ª parte.


Vamos a ver los siguientes puntos:

10.  Comisiones del Parlamento Europeo.

11.   Grupos Políticos.

12.  Delegaciones del Parlamento Europeo.

13.  Secretaría General.

14.  Quorum

15.  Mayorías necesarias,

16.  Competencias del Parlamento Europeo.

..............................................................................................................................................

10 Comisiones del Parlamento Europeo.


COMISIONES.-  diputados repartidos entre las distintas comisiones existentes.  De esta manera, se reparten las tareas que supone preparar ese trabajo que se desarrollará en la Sesión Plenaria. 

No son todas igual; en función de su carácter las clasificamos en:

  • carácter permanente
  • carácter especial
  • carácter de investigación.

Hablamos de 20, compuestas entre 25 y 76 diputados + un presidente + una mesa + una secretaría.

Miembros:  elegidos en el primer periodo parcial de sesiones del nuevo Parlamento, elección que se repite a mitad de la legislatura.
  • El número de miembros es variable.
Ojo:  Tras el Brexit se modifica el número de miembros que forma cada Comisión Parlamentaria.  Así que el número de diputados tras las modificaciones sería entre 25/81.

No existe un número concreto de comisiones, es variable.

Comisiones parlamentarias:  reunión 1 o 2 veces al mes en Bruselas. Debates Públicos.

Funciones:

.-Elaboración propuestas legislativas e informes de propia iniciativa.
,-Redactan enmiendas y  las aprueban.
.- Examinan propuestas de la Comisión y del Consejo.
.- Si procede, redactan informes que habrán de presentarse al Pleno.

El PE creará comisiones especiales, que son aquellas enfocadas en problemas concretos, cuando lo considere necesario.  Este tipo de comisiones tendrán un mandato máximo de 12 meses, prorrogables.

En lo que respecta a las comisiones de investigación, que versan sobre infracción/mala aplicación de legislación comunitaria, se requiere que lo solicite por lo menos. 1/4 parte de los miembros del PE.  Su mandato será de 12 meses y finalizará con presentación de un informe.  Se puede prorrogar 3 meses adicionales.

11. Grupos políticos.




En el PE se agrupan según su enfoque político, no por nacionalidad.  Actualmente son 7 los grupos que componen el PE, pero este número puede variar en cualquier momento, lo mejor es consultar la web del PE para cerciorarse.

Requisitos:

  • mínimo 23 diputados elegidos, en 1/4 parte de los Estados miembros (o sea en 7), para que un grupo político se reconozca oficialmente.
    • un diputado solo pertenecerá a un grupo político.
    • "no inscrito":  no pertenece a ningún grupo político.
  • Ejemplo de grupos políticos en el PE:
    • Partido Popular Europeo (demócrata cristianos)
    • Alianza progresista de Socialistas y Demócratas en el Parlamento Europeo.
    • Conservadores y Reformistas Europeos.
    • Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa.
    • Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica.
Para más info:

12.  Delegaciones del Parlamento Europeo.




.-Mantienen relaciones/intercambian info con los distintos parlamentos de 3ros países (no miembros).
.-Mediante esas delegaciones, el PE representa a la UE en el exterior y fomenta en 3ros países el espíritu de la UE, sus valores como los ppios de libertad y democracia, respeto de los derechos humanos/libertades fundamentales y el Estado de Derecho.

Las delegaciones pueden ser:

  • Comisiones parlamentarias mixtas
  • Comisiones parlamentarias de cooperación
  • Otras delegaciones en asambleas parlamentarias multilaterales.

13.- Secretaría General.

Misión:
  • Asistencia Parlamento
  • Supervisar/dirigir a los funcionarios al Servicio del Parlamento Europeo (son mogollón).
  • Coordinar trabajos legislativos.
  • Organización sesiones plenarias/otras reuniones.
  • Dotar de asistencia técnica, expertos, etc., a órganos parlamentario y a los miembros del PE, que les facilite el desarrollo de sus funciones.
  • Facilitar servicios de interpretación.
14. Quorum

  • Número mínimo de diputados que deben estar presentes para que el resultado de una votación se considere válido.
  • Se alcanza cuando la tercera parte de los miembros efectivos del PE está presente.
  • Votaciones: válidas independientemente del numero de votantes, con la excepción que el Presidente compruebe, tras la petición de al menos 38 diputados, que no existe Quorum.  Si no llegan a 38, la votación se aplaza para la próxima sesión.
  • Cualquier número de diputados presentes puede deliberar, aprobar orden del día y acta sesiones.
  • Recordemos que tras el Brexit, el número de miembros pasa a ser de 705, por lo que el Quorum seguirá exigiendo una tercera parte de los 705 miembros.
15.  Mayorías necesarias y sistema de votación.

PE decide por la mayoría de votos emitidos, salvo disposición en contra del Tratado cuando exija otras mayorías.

.-Sistema general votación:  A mano alzada.

.-Si Pdte duda del resultado: votación electrónica.

.-Si no funcionara:  voto por posición sentado o levantado.





16.  Competencias del Parlamento Europeo.

Se clasifican en:

  • Presupuestarias.
  • Legislativas
  • De control
  • Tratados Internacionales.
Todo ello viene reflejado en el Artículo 314 de la TFUE:

Parlamento Europeo + Consejo establecerán presupuesto anual de la UE con arreglo a un pdto legislativo especial atendiendo a las disposiciones siguientes:
  1. Cada institución salvo BCE, elaborará antes del 1 de julio un estado de previsiones de sus gastos para el ejercicio presupuestario siguiente.  La Comisión reunirá estas previsiones en un proyecto de presupuesto, que podrá contener previsiones divergentes.
    • Este proyecto comprenderá previsión ingresos/previsión gastos.
  2. La Comisión presentará al PE y al Consejo una propuesta que contenga el proyecto de presupuesto, a más tardar el 1 de septiembre del año que precede al de su ejecución.  
    • La comisión podrá modificar proyecto de presupuesto durante el procedimiento, hasta la convocatoria del comité de conciliación contemplado en el apartado 5.
  3. Consejo adoptará su posición sobre el proyecto del presupuesto y la transmitirá al PE, a más tardar el 1 de octubre del año que precede al de la ejecución del presupuesto.  Informará cumplidamente al PE de las razones que le hayan llevado a adoptar su posición.
  4.  Si, en un plazo de 42 días desde dicha transmisión, el PE:
    • a) aprueba la posición del Consejo, el presupuesto quedará adoptado;
    • b) no se pronuncia, el presupuesto se considerará adoptado;
    • c) aprueba enmiendas por mayoría de los miembros que lo componen, el proyecto así enmendado será transmitido al consejo y a la Comisión.  El Pdte del PE, de acuerdo con el Pdte del Consejo, convocará sin demora al Comité de Conciliación.  No obstante, si en un plazo de 10 días a partir de la transmisión del proyecto el Consejo comunica al PE que aprueba todas sus enmiendas, el Comité de Conciliación no se reunirá.
  5. El Comité de Conciliación, que estará compuesto por los miembros del Consejo o sus representantes y por un número igual de miembros que representen al PE, tendrán por misión alcanzar, en un plazo de 21 días  a partir de su convocatoria, un acuerdo por mayoría cualificada de los miembros que representen al PE, sobre un texto conjunto basado en las posiciones del PE y del Consejo.  
    • La Comisión participará en los Trabajos del Comité de conciliación y tomará todas las iniciativas necesarias para propiciar un acercamiento entre las posiciones del Parlamento Europeo y del Consejo.
  6. Si, en el plazo de 21 días mencionado en el apdo 5, el Comité de Conciliación alcanza un acuerdo sobre un texto conjunto, el Parlamento Europeo y el Consejo dispondrán cada uno de 14 días a partir de la fecha de dicho acuerdo para aprobar el texto conjunto.
  7.  Si, el en plazo de 14 días mencionado en el apartado 6:
  • a) El PE y el Consejo aprueban el texto conjunto o no adoptan decisión alguna, o si una de estas instituciones aprueba el texto conjunto mientras que la otra no adopta decisión alguna, el presupuesto se considerará definitivamente adoptado de conformidad con el texto conjunto, o bien
  • b) El PE por mayoría de los miembros que lo componen, y el Consejo rechazan el texto conjunto, o si una de estas instituciones rechaza el texto conjunto mientras que la otra no adopta decisión alguna, la Comisión presentará un nuevo proyecto de presupuesto, o bien
  • c) El PE, por mayoría de los miembros que lo componen, rechaza el texto conjunto mientras que el Consejo lo aprueba, la Comisión presentará un nuevo proyecto de presupuesto o bien
  • d) el PE aprueba el texto conjunto mientras que el Consejo lo rechaza, el PE podrá, en un plazo de 14 días a partir de la fecha del rechazo del Consejo, decidir por mayoría a los miembros que lo componen y tres quintas partes de los votos emitidos que confirma en su totalidad o en parte de las enmiendas a que se refiere la letra c) del apartado 4.  Si no se confirma una enmienda del PE, se mantendrá la posición adoptada en el Comité de Conciliación con respecto a la línea presupuestaria objeto de dicha enmienda.  El presupuesto se considerará definitivamente adoptado sobre esta base.
8.  Si en el plazo de 21 días mencionado en el apdto 5 el Comité de Conciliación no alcanza un acuerdo sobre un texto conjunto, la Comisión presentará un nuevo proyecto de presupuesto.

9. Cuando haya concluido el procedimiento establecido en el presente artículo, el Pdte del Parlamento Europeo declarará que el presupuesto ha quedado definitivamente adoptado.

10.  Cada institución ejercerá las competencias que le atribuye el presente artículo dentro del respeto a los Tratados y a los actos adoptados en virtud de éstos, en particular en materia de recursos propios de la Unión y de equilibrio entre los ingresos y los gastos.

A continuación, vamos a ver las competencias más detalladamente.

16. A.- Competencias presupuestarias.

Desde que entró en vigor el Tratado de Lisboa, el PE comparte con el Consejo de la UE el poder de decisión acerca de todo el presupuesto anual de la Unión Europea, sobre el que tiene la última palabra.

Las decisiones del PE y del Consejo sobre gastos/ingresos anuales deben respetar los límites de gasto anual establecidos en el plan financiero de la UE a largo plazo, el marco financiero plurianual que se negocia cada 7 años.

16. B.  Competencias legislativas.

COMPETENCIAS LEGISLATIVAS.



 

ART 289 DEL TFUE.

 

En él tenemos referencia a 2 tipos de procedimientos legislativos:

  • pdto legislativo ordinario.
  • pdto legislativo especial.


Art 289 TFUE.

 

1.  El pdto legislativo ordinario consiste en adopción conjunta por PE y Consejo, a propuesta de la Comisión, de un reglamento, directiva o una decisión.  Este procedimiento se refleja en el art. 294

2.  En los casos específicos previstos por los Tratados, la adopción de un reglamento, una directiva, o una decisión, bien por el PE con participación del Consejo, bien por el Consejo con la participación del PE, constituirá un procedimiento legislativo especial.

3.  Los actos jurídicos que se adopten mediante procedimiento legislativo constituirán actos legislativos.

4.  En los casos específicos previstos por los Tratados, los actos legislativos podrán se adoptados por iniciativa de un grupo de Estados miembros o del Parlamento Europeo de Inversiones.

 

En cuanto al procedimiento legislativo ordinario:

Desarrollado en art. 294 del TFUE

 

El PE es un colesgilador ya que comparte la función legislativa con el Consejo Europeo.  Ambos legislan en igualdad de condiciones.  A propuesta de la Comisión, el Parlamento y el Consejo adoptan conjuntamente un reglamento, una directiva o una decisión.  En algunos casos específicos  que prevé el Tratado, los actos legislativos pueden partir de la iniciativa de un grupo de estados miembros, del Parlamento o por recomendación del BCE a petición del Tribunal de Justicia o del Banco Europeo de Inversiones.  La iniciativa de un grupo de estados miembros, del Parlamento o por recomendación del Banco Central Europeo a petición del Tribunal de Justicia o del Banco Europeo de Inversiones. La iniciativa también puede ser popular a través de la Comisión (y harán falta al menos un millón de firmas de un número significativo de estados miembros)

 

Abarcara ámbitos políticos tales como:

  • La cooperación judicial en materia civil;
  • la cooperación policial;
  • la ayuda humanitaria, y
  • las medidas relativas a los controles de las fronteras exteriores, el asilo y la inmigración.

El funcionamiento del procedimiento legislativo ordinario se describe detalladamente en el artículo 294 del TFUE. Este consta de tres lecturas, más un posible mecanismo de conciliación entre el Consejo y el Parlamento:

  • En una primera vuelta o fase, el Consejo puede adoptar el acto legislativo, a propuesta de la Comisión, si cuenta con la opinión favorable del Parlamento.

  • Si el Parlamento se opusiere a la opinión del Consejo, entonces el Consejo transmitirá su posición al Parlamento y éste comenzará la segunda fase o lectura que dispone de un plazo de tres meses para aprobar la posición del Consejo (entendiéndose el acto legislativo como adoptado), rechazarla (el acto se entiende no adoptado) o proponer enmiendas. De haber enmiendas, éstas deben ser trasladadas también a la Comisión para que emita un dictamen sobre ellas, dado que las enmiendas modifican la propuesta legislativa que había enviado. Si el dictamen de la Comisión sobre las enmiendas es negativo, entonces será necesaria la unanimidad del Consejo para adoptar el acto legislativo, tal y como prevé el artículo 293.

    Por su parte, si el Consejo aprueba en el plazo de tres meses las enmiendas parlamentarias, el acto legislativo se adopta. En caso de que el Consejo no apruebe las enmiendas del Parlamento, se convocará un comité de conciliación, compuesto por los miembros del Consejo o sus representantes e igual número de representantes parlamentarios. Este comité paritario contará con 6 semanas para acordar un texto conjunto. Si no se lograra acuerdo en el texto, el acto legislativo no se adopta.

  • Si el texto se acuerda, entonces se inicia la tercera lectura en la que el Parlamento y el Consejo disponen cada uno de seis semanas para la adopción del acto legislativo. Si no se lograra acuerdo en esta tercera vuelta, el acto legislativo no se adopta.

Un claro ejemplo del procedimiento legislativo ordinario es la Política Agraria Común.

Ambas instituciones (Parlamento y Consejo) adoptan actos legislativos ya sea en la primera o en la segunda lectura. Si, tras una segunda lectura, las 2 instituciones no consiguen llegar a un acuerdo, se convoca al Comité de Conciliación.

En el procedimiento legislativo ordinario, se toman decisiones por mayoría cualificada.

EL TFUE también introduce «cláusulas pasarela». Estas cláusulas permiten que se utilice el procedimiento legislativo ordinario en otros campos que normalmente se encuentran fuera de su ámbito de aplicación, en determinadas circunstancias.

Para finalizar, en cuanto a los procedimientos legislativos especiales:

Los procedimientos legislativos especiales, tal y como su nombre indica, son una excepción al procedimiento legislativo ordinario y se utilizan en ciertos ámbitos políticos más sensibles. Al contrario que en el procedimiento legislativo ordinario, el TFUE no aporta una descripción precisa de los procedimientos legislativos especiales. Las normas aplicables a estos se definen caso por caso en función de los artículos del tratado que establecen las condiciones para su aplicación.

El Procedimiento legislativo especial consiste en la adopción de un reglamento, una directiva o una decisión, bien por el Parlamento (con la participación del Consejo) o bien por el Consejo (con la participación del Parlamento). Cabe decir que, cuando el TFUE dispone la utilización del procedimiento legislativo especial, se refiere a la adopción del acto por el Consejo, tras consultarle al Parlamento o con la aprobación de este.

Únicamente en la regulación de la elección de los Parlamentarios (art. 223), de las Comisiones de investigación parlamentarias (art. 226) y de la regulación del Defensor del Pueblo (art. 228), el acto lo adopta el Parlamento con la aprobación del Consejo.

En los procedimientos legislativos especiales el Consejo es, en la práctica, el único legislador. El Parlamento solamente está relacionado con el procedimiento. Por lo tanto, su papel se limita a la consulta o al consentimiento, según sea el caso.

16. C.  Competencias de Control.

El PE tiene una serie de competencias de supervisión y control que le permiten realizar un seguimiento de otras instituciones, del correcto uso del presupuesto de la UE y garantizar la correcta aplicación de la legislación comunitaria.

En el Consejo Europeo:

.-Pdte Parlamento Europeo tiene derecho a intervenir al comienzo de cada Consejo Europeo para exponer la posición del PE sobre los asuntos de los que se ocuparán los Jefes de Estado y de Gobierno.

.-Después de cada Cumbre, el Pdte del Consejo Europeo presenta un informe de resultados al PE.

Consejo de la Unión Europea:

.- Al comienzo/final de cada presidencia semestral, el Pdte del Consejo de la UE debate su programa con los diputados en el PE en sesión plenaria.

Por lo que corresponde a la Comisión Europea:


.-PE puede aprobar una moción de censura contra la Comisión.  PE solo podrá pronunciarse sobre ella pasados tres días como mínimo desde su presentación y en votación pública.


.-PE puede presentar moción de censura a iniciativa de la décima parte de los diputados y será presentada ante el Pdte. Debe ser motivada y se trasladará a la Comisión.  

  • El Pdte la anunciará a los diputados en cuanto la reciba.  Al menos 24 horas después de la comunicación a los diputados tendrá lugar el debate sobre la moción.  
  • Votación nominal, y no tendrá lugar hasta transcurridas 48 horas como mínimo desde el comienzo del debate.


Debate + Votación se celebrarán como máximo durante período parcia de sesiones siguientes a presentación de la moción.  

  • Moción de censura deberá ser aprobada por mayoría de dos terceras partes de los votos emitidos y por mayoría de miembros que integran el PE.  
  • El resultado de la votación se comunicará al Pdte del Consejo y de la Comisión.  
  • Si la moción se adopta, Los miembros de la Comisión dimitirán colectivamente y el Alto Representante también deberá dimitir de su cargo en la Comisión.  Se nombrará una nueva comisión por el tiempo de mandato restante de la anterior comisión.  Hasta el momento, no se ha aprobado ninguna de las 8 mociones presentadas en el PE.

Por otra parte, el PE garantiza el control democrático de la Comisión, que presenta informes periódicamente al Parlamento, entre los que se incluyen informes anuales sobre actividades de la UE y sobre la ejecución presupuestaria.  Una vez al año, el Pdte de la Comisión pronuncia un discurso sobre el Estado de la Unión en sesión plenaria.

Finalmente, la Comisión responderá oralmente o por escrito a todas las preguntas del Parlamento.  También podrá asistir a las sesiones del PE y comparecerá ante este si es solicitada para ello.  El Consejo Europeo y el Consejo comparecerán ante el Parlamento tal y como lo establezca en sus reglamentos internos.  El PE también recibe anualmente los informes generales anuales que le presenta la Comisión que son discutidos en sesión pública (art 233 TFUE).

Por lo que respecta al Tribunal de Justicia:

.-Parlamento puede pedir a Tribuna de Justicia que tome medidas contra la Comisión y el Consejo en el caso de que hayan actuado de manera contraria al espíritu de la legislación europea.

Parlamento.- puede interponer ante Tribunal recurso por omisión (si considera que Consejo Europeo+ Consejo UE + BCE o la comisión se abstuvieran de pronunciarse cuando los tratados les obligan y han sido requeridos para dicho pronunciamiento.

263 TFUE:  Parlamento puede presentar anulación contra actos del resto de instituciones.



BANCO CENTRAL EUROPEO:

.-La designación por el Consejo Europeo del Pdte, Vicepresidente y Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo (BCE), requiere previa consulta al Parlamento Europeo.

.-Presidente del BCE: 

  • presentación informe anual Banco ante pleno PE 
  • participa en dialogo monetario periódico + comisión parlamentaria de Asuntos Económicos y monetarios.

.-Tribunal de Cuentas.

  • Presenta informe anual presupuesto ejercicio precedente a Consejo + Parlamento Europeo.
  • Hay que consultar al Parlamento Europeo antes de que los miembros del Tribunal de Cuentas sean nominados por el Consejo.
.-Defensor del Pueblo.

  • Parlamento elige Defensor Pueblo Europeo, que a su vez reporta al PE sobre su actividad
  • Presenta informe anual a Eurodiputados.
  • Excepcionalmente, puede ser destituido por Tribunal Justica a petición del PE.
  • Puede iniciar investigaciones por iniciativa propia. 
  • Periodo mandato: 5 años.

Peticiones y comisiones investigación:

  • ciudadano europeo, residente en UE, empresas/organizaciones pueden remitir una petición al PE relacionada con área de competencia europea
  • PE puede crear comisión investigación para examinar violaciones del derecho comunitario por parte de Estados miembros.







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