DECRETO LEY 28/2024, de 21 de febrero, del Consell, de medidas extraordinarias dirigidas a garantizar la asistencia sanitaria integral y en condicionesx de equidad en el Sistema Valenciano de Salud.
ÍNDICE.
- Preámbulo.
- Capítulo I. Medidas extraordinarias para favorecer la provisión de plazas de difícil cobertura.
- Artículo 1.- Régimen extraordinario y transitorio de acceso a determinadas plazas de personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del SVS.
- Artículo 2.-Gªs de incorporación y permanencia en el desempeño efectivo de los puestos de difícil cobertura adjudicados.
- Artículo 3.- Valoración de los servicios prestados.
- Artículo 4.- Formación e Investigación.
- Artículo 5.- Carrera y desarrollo profesional.
- Artículo 6.- Medidas relativas a la prolongación de la permanencia en el servicio activo.
- Artículo 7.- Medidas de incentivación de carácter retributivo.
- Capítulo II.- Agrupaciones sanitarias interdepartamentales.
- Artículo 7.- Medidas incentivas de carácter retributiva.
- Artículo 8.- Definición de agrupación sanitaria interdepartamental.
- Artículo 9.- Estructura directiva y gobernanza de las agrupaciones sanitarias interdepartamentales.
Disposición Adicional Primera. Prestación Voluntaria de Guardias.
Disposición Adicional Segunda. Regulación de las plazas de difícil cobertura contenida en el Decreto 6/2023.
Disposición Adicional Tercera. Integración de los hospitales crónicos y larga estancia en las agrupaciones sanitarias interdepartamentales y departamentos que las integran.
Disposición Adicional Cuarta. Plantillas de las agrupaciones sanitarias interdepartamentales y departamentos que las integran.
Disposición Adicional Quinta. Actividad asistencial del personal directivo de instituciones sanitaria.
Disposición Derogatoria Única. Actividad Derogación normativa.
Disposición final primera. Desarrollo normativo.
Disposición final segunda: Habilitación a la persona titural de la Consellería con Competencias en materia de sanidad.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Anexo único. Agrupaciones sanitarias interdepartamentales.
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