domingo, 29 de diciembre de 2019

Organización Sanitaria. Asistencia Especializada: Concepto y características generales.


Organización Sanitaria:  Asistencia Especializada.  

Conceptos y Características Generales.






Tras haber hablado sobre la Atención Primaria, pasamos al siguiente nivel:  Asistencia Especializada.


1 CONCEPTO.

LGS, ART. 18.-  Las Admones Públicas, a través de sus servicios de salud, desarrollan entre otras la actuación de la asistencia sanitaria especializada, que incluye la asistencia domiciliaria, la hospitalización y la rehabilitación.

Por eso lo llamamos "segunda modalidad de ASISTENCIA SANITARIA o SEGUNDO NIVEL ASISTENCIAL.  Para acceder a ella, por regla general, hay que hacerlo a través del diagnostico y tratamiento de la AP y solo por indicación del médico de AP.  Por otro lado reducimos la carestía de su mantenimiento originada por  su especialización y tecnicidad.

La LGS establece que dicha asistencia prestará su servicios de los modos que vamos a ver a continuación:

2  MODALIDADES.

La Asistencia Domiciliaria.

No exclusiva de AP.  Según la LGS también es propia de la atención hospitalaria. Pero tras la derogación del RD 63/1995, la prestación a domicilio evolucionó hacia una mayor importancia en lo que es la AP, actualmente, casi  exclusiva de la misma.

 La Asistencia Hospitalaria.

ART 65 LGS:  "El Hospital es el establecimiento encargado tanto de internamiento clínico como de asistencia especializada y complementaria que requiera su zona de influencia".

Hablamos de una estructura física en la que se presta asistencia, comprende hospital y centro de especialidades, que a todos los efectos cuentan como un servicio más del hospital al que pertenecen pese a la distancia física.  Así que podemos decir que tenemos A.E. (Atención Especializada) tanto el los Centros de Especialidades como en los Hospitales.

Dicha asistencia se proporciona de las siguientes maneras (recordemos el RD de Prestaciones Sanitarias).

  1. Ambulatoria.  Paciente no queda ingresado pero se le diagnostica y prescribe tratamiento.  En CESP y C.C.E.E de los hospitales.
  2. Internamiento.  Cuando la asistencia ambulatoria no basta, o hay urgencia, se puede producir el ingreso en planta de un paciente.
  3. Urgencia. Suele ser un "minihospital" dentro del otro.  Presta servicio las 24 horas y en sí es una práctica hospitalaria por la legislación, a la urgencia que genera un paciente no ingresado que será atendido de manera urgente en la planta que corresponda, pero no en la unidad de urgencias.

3  LOS CENTROS Y SERVICIOS DEPENDIENTES DE LA ASISTENCIA ESPECIALIZADA:   LOS HOSPITALES Y CENTROS DE ESPECIALIDADES.

3.1  LOS HOSPITALES.


a.  Ideas Generales.

Según la OMS un hospital es "una parte integrante de la organización médico social cuya misión consiste en proporcionar una asistencia médico-sanitaria completa, tanto curativa como preventiva y cuyos servicios externos irradian hasta el ámbito familiar; el hospital también es un centro de formación de personal sanitario y de investigación médico-social".

Ley 37/1962 de 21 de julio:  el "Hospital es un establecimiento destinado a proporcionar la asistencia médico-clínica sin perjuicio de que puedan realizarse en ella, además en la medida en que se estime conveniente, medicina preventiva y de recuperación y tratamiento ambulatorio.  Los hospitales son también centros de formación de personal técnico y sanitario y de investigación científica"

En este fragmento la OMS pasa por alto la importancia del hospital como promotor de la salud, así como la medicina rehabilitadora.  Por eso vamos a centrarnos en lo que debe ser el hospital como centro de promoción de salud.

A menudo usamos dos conceptos:  medicina hospitalaria y medicina extrahospitalaria.  En realidad es lo mismo nada más que en estadios diferentes.  

Volviendo a la LGS nos encontramos con la definición de hospital en su artículo 65.2º:  "establecimiento encargado tanto de3l internamiento clínico como de la asistencia especializada y complementaria que requiera su zona de influencia".  Y esa misma ley, en el 65.3º que se establecerán las medidas adecuadas para garantizar la interrelación entre los diferentes niveles asistenciales.

b.  Regulación de la Asistencia Hospitalaria, según la LGS

Según la LGS cada Área de Salud estará vinculada o dispondrá de, al menos un Hospital General que ofrezca servicios en función de la población a asistir, su estructura y los problemas de salud más frecuentes.

Todas las Admones Públicas crearán una red integrada de hospitales de sector público.  Los hospitales privados que lo soliciten, serán vinculados al SNS siempre que sus características los hagan homologables cuando las necesidades asistenciales lo justifiquen y si las disponibilidades del sector así lo permiten.  El sector privado continuará siendo titular de sus centros y establecimientos, así como la titularidad de las relaciones laborales del personal que en ellos preste su servicios.


Funciones de los Centros Hospitalarios.


Hospital + CESP'S que de él dependen, conforman la estructura sanitaria de la atención especializada, programada y urgente, independientemente de que sea internamiento o ambulatorio.

El hospital, realiza tanto funciones asistenciales como de promoción de la salud, de carácter de prevención de enfermedades, de rehabilitación, investigación y de docencia en coordinación con otros niveles y recursos sanitarios y sociales, según las directrices que se establezcan en el Plan de Salud.

Los hospitales y su red de AP dentro del Área de salud comparten la información asistencial relativa a cada paciente, sin saltarse en ningún momento las garantías, derecho a la intimidad y a la protección de datos personales.

Funcionamiento y control.  

ART 69 LGS:  en los Servicios Sanitarios Públicos se tenderá hacia la autonomía y control democrático de su gestión, implantando una dirección participativa por objetivos.

EVALUACIÓN DE LA CALIDAD ASISTENCIAL PRESTADA:  proceso continuado que informa todas las actividades del personal de salud y de los servicios sanitarios del SNS.  El sistema de evaluación se establecerá según indicaciones de las sociedades científicas sanitarias.  

Tanto los médicos como los demás profesionales titulados deben formar parte de los órganos evaluadores de la calidad asistencial.  Por eso, todos los hospitales deberán posibilitar o facilitar a las unidades de control de calidad externo el cumplimiento de sus cometidos.  Así mismo establecerán los mecanismos adecuados para ofrecer un alto nivel de calidad asistencial.

Vinculación a la red pública hospitalaria de los hospitales del sector privado.  

Se realizará mediante convenios singulares.

En ellos, se establecerán derechos y obligaciones para ambas partes, relativas a la duración, prórroga, suspensión temporal, extinción definitiva del mismo, régimen económico, número de camas hospitalarias y demás condiciones de prestación de la asistencia sanitaria, de acuerdo con las disposiciones que se dicten para el desarrollo de la LGS.  El régimen de jornada de los hospitales a los que se refiere este apartado, será el mismo que el de los públicos de análoga naturaleza en su ámbito territorial.  
En esos convenios se asegurará la gratuidad de la atención sanitaria que se preste en los privados, por lo cual esa actividad sanitaria no podrá tener carácter lucrativo.  El cobro en calidad de atenciones no sanitarias a estos pacientes, podrá ser establecido si previamente son autorizados por la Admón Sanitaria correspondiente, tanto el concepto y la cuantía que por él se pretende cobrar.

Causas de denuncia del convenio por parte de la Admón Sanitaria competente:

A.-  prestar atención sanitaria objeto del Convenio contraviniendo el ppio de gratuidad.
B.-  establecer sin autorización servicios complementarios no sanitarios o percibir por ellos cantidades no autorizadas.
C.-   Infringir las normas relativas a la jornada y al horario del personal del hospital.
D.-   Infringir con carácter grave la legislación laboral de la Seg. Social o Fiscal.
E.-   Lesionar los derechos establecidos en los siguientes artículos de la Constitución Española:

  • 16.-  libertad ideológica o religiosa.
  • 18.-  derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
  • 20.-  libertad de expresión
  • 22.-  derecho de asociación
  • .- ......................cuando así se determine por sentencia.
F.-  Cualesquiera otra que se deriven de las obligaciones establecidas en la ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad.

HOSPITALES PRIVADOS VINCULADOS CON EL SNE:  sometidos a las mismas inspecciones y controles sanitarios, administrativos y económicos que los hospitales públicos, aplicando criterios homogéneos y previamente reglados.

EN CONCLUSIÓN, en el SNS, a los efectos de la asistencia especializada el hospital es la institución donde se presta dicha asistencia.

Resultado de imagen de centro de especialidades
Fuente:  El Económico                                                          



3.2  LOS CENTROS DE ESPECIALIDADES.


Regulados en el Reglamento de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.  Pero en la práctica son considerados como un servicio más del Hospital al que dependen.  

Estructura y organización.

Definidos como instituciones abiertas dotadas de elementos de diagnóstico necesarios para desarrollar la atención ambulatoria a los usuarios en medicina General, Pediatria-Puericultura y las especialidades reconocidas que en cada caso se determinen.

Comprenderán en cada caso, los siguientes elementos asistenciales:  

1.  UNIDADES SANITARIAS DE:
  • MEDICINA GENERAL
  • PEDIATRIA Y PUERICULTURA
  • ESPECIALIDADES MÉDICAS
  • ESPECIALIDADES QUIRÚRGICAS
  • LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICOS
  • ELECTROLOGÍA Y RADIOLOGÍA
2. SERVICIO MÉDICO ADMINISTRATIVO:
  • ARCHIVO CENTRALIZADO DE HISTORIAS CLÍNICAS Y RADIOGRAFÍAS.
  • ESTADÍSTICA SANITARIA.
Los trabajadores de los Centros de Especialidades son, a todos los efectos, trabajadores del hospital al que pertenece, y hablamos de sanitarios facultativos/no facultativos y no sanitarios.

2 comentarios:

  1. Tengo 55 años y soy de París. Me diagnosticaron un cáncer de hígado de segunda fase tras un examen programado para controlar la cirrosis hepática. Había perdido mucho peso. Una tomografía computarizada reveló tres tumores; uno en el centro de mi hígado en el tejido dañado y dos en las partes sanas de mi hígado. No se prescribió ningún tratamiento de quimioterapia o radioterapia debido a mi edad, el número de tumores hepáticos. Un mes después de mi diagnóstico comencé a tomar 12 (350 puntos) suplementos de Salvestrol por día, de acuerdo con mi peso corporal. Esto comprendía seis cápsulas de Salvestrol Shield (350 puntos) y seis cápsulas de Salvestrol Gold (350 puntos), repartidas a lo largo del día tomando dos de cada cápsula después de cada comida principal. Este nivel de suplementación de Salvestrol (4.000 puntos por día) se mantuvo durante cuatro meses. Además, comencé un programa de ejercicios de respiración, ejercicios de chi, meditación, estiramientos y evitación del estrés. Debido a la variedad de condiciones que sufría, recibí exámenes médicos continuos. Once meses después de comenzar la suplementación de Salvestrol Pero todos inválidos por lo que sigo buscando una cura a base de hierbas en línea que cómo me encontré con un testimonio apreciando el Dr. Itua en cómo curó su VIH / Herpes, me puse en contacto con él a través de correo electrónico que figuran en la lista anterior, el Dr. Itua me envió su medicina a base de hierbas para el cáncer de beber durante dos semanas para curar le pagó por la entrega a continuación, recibí mi medicina a base de hierbas y bebió durante dos semanas y me curó hasta ahora estoy todo el cáncer, le aconsejaré que se ponga en contacto con el Centro de Hierbas Dr. Itua en Email...drituaherbalcenter@gmail.com. WhatsApps Number...+2348149277967. Si usted está sufriendo de las enfermedades enumeradas a continuación, Cáncer, VIH / SIDA, el virus del herpes, cáncer de vejiga, cáncer de cerebro, cáncer de colon y recto, cáncer de mama, cáncer de próstata,
    Cáncer de esófago, cáncer de vesícula biliar, enfermedad trofoblástica gestacional, cáncer de cabeza y cuello, linfoma de Hodgkin...
    Cáncer intestinal, cáncer de riñón, leucemia, cáncer de hígado, cáncer de pulmón, melanoma, mesotelioma, mieloma múltiple, tumores neuroendocrinos, linfoma no Hodgkin, cáncer oral, cáncer de ovario, cáncer de seno, cáncer de piel, sarcoma de tejidos blandos, cáncer de columna, cáncer de estómago, cáncer de testículos, cáncer de garganta, cáncer de tiroides, cáncer de útero, cáncer vaginal, cáncer de vulva, hepatitis, enfermedades crónicas. Lupus, Fibromialgia.

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  2. Me gusta mucho su blog y les quería contar que en unos días empiezo este ciclo formativo cuidados auxiliares de enfermería y estoy algo nervioso, por que no se como va la formación y orientación laboral que ofrecen.

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