domingo, 30 de enero de 2022

39/2015 2.1.3. Sistemas de identificación de los interesados

Sistemas de identificación de los interesados.



 ¿Cómo identifican las AAPP a los interesados en el procedimiento? ¿Cómo comprueban la identidad?  La respuesta: Art 9 39/2015.

Artículo 9 39/2015

1.- Las AAPP están obligadas a verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo, comprobando nombre y apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que consten en el DNI o documento identificativo equivalente.

2.- Interesados: Pueden identificarse electrónicamente ante AAPP mediante los sistemas siguientes:

  • a) Sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedido por prestadores incluidos en "Lista de confianza de prestaciones de servicios de certificación".
  • b) Sistemas basados en cert. elec. cualificados de sello electrónico expedido por prestadores incluidos en la "lista de confianza de prestadores de servicios de certificación".
  • c) Sistemas de clave concertada y cualquier otro sistema, que las Admones consideren válido en términos/condiciones establecidos.  Previamente se habrán registrado como usuario garantizando su identidad, previa autorización por parte de la Secretaria del Estado de Seguridad del Ministerio del Interior.  Autorización habrá de ser emitida en al plazo máximo de tres meses. Sin perjuicio de la obligación de la Admon Gral Estado de resolver en plazo, la falta de resolución de la solicitud de autorización se entenderá que tiene efectos desestimatorios.
Las AAPP garantizarán que el uso de uno de los sistemas previstos en las letras a) y b) sea posible para todo el pdto, aun cuando se admita para ese mismo procedimiento alguno de los previstos en la letra c).


3.  Relacionado con sistemas identificación previsto en c) se establece la obligatoriedad de que los recursos técnicos necesarios para la recogida, almacenamiento, tratramiento y gestión  de dichos sistemas se situne en territorio de la UE, en caso de tratarse de  categorías del artículo 9 del Reglamento (UE)2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a protección personas físicas al tratar sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/96/CE, en territorio español.  En cualquier caso, los datos se encontrarán disponibles para su acceso por parte de las autoridades judiciales y admtvas competentes.

Los datos mencionados anteriormente NO podrán TRANFERIRSE a un tercer país u organización internacional, excepto aquellos que hayan sido objeto de una decisión de adecuación de la Comisión Europea, o cuando así lo exija el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el Reino de España.

4.- En todo caso la aceptación de alguno de estos sistemas por la Admón Gral Estado, servirá para acreditar frente a todas las AAPP, salvo prueba en contrario, la identificación electrónica de los interesados en el procedimiento administrativo.

Fin del Artículo 9



Identificación vs Firma Electrónica




Por poner algún ejemplo, tenemos los certificados electrónicos que nos proporcionan los ayuntamientos, la Real Casa de la Moneda, que se instalan en el ordenador de les ciudadanes con el fin de que puedan realizar determinados trámites.  Otro ejemplo sería la clave PIN y la clave PIN permanente que nos proporciona la Agencia Tributaria para la declaración de la Renta.  Los que trabajéis en Sanitat, como yo, seguramente también tendréis una tarjetita con la que nos identificamos al conectarnos al ordenador del Hospi o del Centro de Salud, además de servir para apuntarnos a las opos, gestionar nuestros datos en la bolsa, etc.

👀 Mediante Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones se modifica el apartado 2 y se añade un nuevo apartado 3 en relación al texto original.

👀 La Secretaría General de Administración Digital actualmente depende del actual Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.


👀 Las competencias del antiguo Ministerio para las Administraciones Públicas corresponden en la actualidad al Ministerio de Hacienda y Función Pública.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

2. SELECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS: OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO

2. SELECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS: OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO El objetivo de esta parte es definir empleado público y su direfente clasificaci...