miércoles, 26 de enero de 2022

Unión Europea 2.6.1.4. Procedimiento de codecisión

El Procedimiento de Codecisión.



procedimiento codecisión (ttdo Maastricht) = actualmente PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO ORDINARIO (ttdo Lisboa)


Se instituyó por el Tratado de Maastricht en el artículo 251 del Tratado de la Comunidad Europea.  

En este procedimiento: Parlamento + Consejo estaban en IGUALDAD.

Consejo + Parlamento Europeo comparten PODER LEGISLATIVO UE mediante el sistema de "tres lecturas", por lo que es NECESARIA LA APROBACIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO, cosa que es lo más característico de este procedimiento:

  1. necesaria APROBACIÓN PARLAMENTO EUROPEO por mayoría cualificada.
  2. CONSEJO podrá cambiar norma adoptada por PE mediante UANIMIDAD.
Es este un procedimdiento, que aunque sigue vigente, pero que desde Tratado Lisboa se denomina PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO ORDINARIO.

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