jueves, 5 de agosto de 2021

Unión Europea 2. El Parlamento Europeo. 1ª parte.


¡Hola de nuevo!  ¿Cómo va el veranito?




Como ya sabéis por el post anterior, la UE tiene varios instituciones/organismos, y en este post, así como en el siguiente, nos centraremos en el Parlamento Europeo. También os comparto algunos vídeos de Youtube de varios canales que os recomiendo que sigáis.

  ¡¡Comenzamos!!



1. El Parlamento Europeo

2. Miembros.

3. Incompatibilidades eurodiputados.

4. Privilegios e inmunidades eurodiputados.

5. Presidente del Parlamento Europeo.

6. Pleno.

7.  Conferencia de Presidentes.

8.  Mesa

9. Conferencia de Presidentes de la Comisión y Conferencia de Presidentes de Delegación.

10 Cuestores.


1. El Parlamento Europeo.

O Eurocámara, es el órgano de representación de los ciudadanos de los Estados Miembros de la Unión Europea. O sea, que todos los ciudadanos de la UE estamos representados en el PE (Parlamento Europeo).  Antes se llamaba "Asamblea", desde el 62, pero en virtud del Acta Única Europea pasó a denominarse Parlamento Europeo.

Es elegido por los ciudadanos de la UE mediante sufragio universal directo que tiene lugar cada cinco años, y todos los ciudadanos, a parte de votar, pueden presentar su candidatura, sin importar el país de la UE en el que residan.

"El Parlamento Europeo encarna el principio democrático en la estructura institucional de la Unión Europea" (art 10.1 TUE)

  • La representación es decreciente proporcional. Mínimo 6 diputados y máximo 96 escaños.
  • Las decisiones se toman por mayoría de votos emitidos (si los tratados no disponen otra cosa).
  • Adopta su reglamento interno por mayoría de sus miembros.
  • Se puede ejercitar ante el PE el derecho de petición, tanto individual como colectivo.

El Parlamento tiene distintas Sedes:

  • Estrasburgo (Francia): sesiones plenarias
  • Bruselas (Bélgica): sesiones de las comisiones, de los grupos políticos y de los plenos extraordinarios
  • Luxemburgo (Luxemburgo): sede de la secretaria general del Parlamento y sus servicios
El PE se diferencia de otras asambleas a nivel internacional, ya que desde su fundación, el PE supuso una novedad en las instituciones internacionales debido a sus atribuciones, y especialmente por su poder de codecisión legislativa y sus poderes de control político, extraños y difícilmente ubicables en otros modelos organizativos internacionales.  

Posee las siguientes funciones:
  • Legislativa (comparte con Consejo)
  • Presupuestaria (comparte con Consejo)
  • Control político.
  • Tratados internacionales.
  • Elección Presidente de la Comisión.
  • Otras de carácter consultivo.





2.  Miembros del Parlamento Europeo.
  • Formado por 751 miembros, o sea, 750 diputados + 1 Presidente del Parlamento Europeo.  Antes había 54 eurodiputados españoles, pero tras la salida del Reino Unido, el PE pasa a tener 705 escaños y los eurodiputados españoles pasarán a ser 59 en la siguiente legislatura. 
  • Hasta 2014 eran 754, y se alcanzó la cifra máxima de 766 tras la incorporación de Croacia; entre 2009 y 2024, no obstante, España contó también con 54 eurodiputados.
  • Cada estado miembro:  tope mínimo de 6 y máximo de 96 de manera decreciente proporcional (proporcionalidad regresiva).
  • Miembros:  elegidos entre los 28 (ahora 27) Estados Miembros de la UE.  Elegidos por sufragio universal directo cada 5 años.  
  • El escrutinio se realiza de modo proporcional.

Recordemos que a partir del 31 de enero de 2020, tras la salida de Reino Unido de la UE, esta cuenta con 27 Estados Miembros.

Son los países quienes deciden cómo serán las elecciones siempre garantizado igualdad entre sexos y voto secreto.  Las elecciones de la UE se realizan por representación proporcional.

  • Número de escaños: en función de la población de cada Estado miembro, pero garantizando que los países menos poblados tengan suficiente representación.
  • Proporción mujeres ligeramente superior a 1/3.
  • Eurodiputados se agrupan por afinidad política, no por nacionalidad.
  • Tras la Decisión (UE) 2020/135 del Consejo de 30 enero 2020 sobre el Acuerdo de retirada del Reino Unido (Gran Bretaña e Irlanda del Norte) de la UE, el número de representantes al Parlamento Europeo elegido en cada Estado miembro para la legislatura 2019-2024 será como en el cuadro siguiente.



Países de la UEMiembros para 2019-2024
Alemania96
Francia79
Italia76
España59
Polonia52
Rumanía33
Países Bajos29
Grecia21
Bélgica21
Portugal21
República Checa21
Hungría21
Suecia21
Austria19
Bulgaria17
Dinamarca14
Eslovaquia14
Finlandia14
Irlanda13
Croacia12
Lituania11
Eslovenia8
Letonia8
Estonia7
Chipre6
Luxemburgo6
Malta6
TOTAL705


3.  Incompatibilidades de los Eurodiputados.

Ser designado como Eurodiputado implica un compromiso: ser independiente: "no estará sujeto a instrucciones ni a mandato imperativo alguno", como establece el reglamento del PE.

Incompatibilidades:
  • Mandatos duales: un eurodiputado no puede tener otro cargo representativo en su país, ni senador ni diputado.
  • Incompatibilidad con cargo de miembro de la Comisión, Tribunal de Cuentas o Comité Económico y Social.
  • Cargos Tribunal Justicia Europeo (Luxemburgo): Juez, Abogado general del Estado, Secretario...
  • Miembros Consejo Administración/Comité de Dirección/Empleados de la Banca Europea de inversiones o de organismos que gestionen fondos comunitarios, entre otros.
  • Funcionarios o agentes en activo al servicio de cualquier órgano de las Instituciones Europeas.
  • Cargo de Defensor del Pueblo Europeo.
  • Miembros comités u organismos derivados de Tratados.
  • Si va a participar en un debate parlamentario sobre un tema en el que pueda tener un interés parlamentario, deberá hacerlo publico.
Por otro lado, cada país miembro puede establecer condiciones adicionales basadas en la legislación nacional.  En España, los cargos electos para el PE tienen además, las incompatibilidades previstas en la LOREG para cargos electivos.

Con anterioridad a la toma de posesión, deben firmar una declaración por escrito donde se refleje que no incurren en ninguna de las incompatibilidades que hemos visto. Del mismo completarán una declaración de intereses económicos que se hará pública en la web del PE, junto a la ficha personal del Eurodiputado.

4.  Privilegios e inmunidades de los Eurodiputados.

  • Libertad de desplazamientos.
  • Principio de inmunidad, pero su objetivo es la salvaguarda y protección del propio PE como institución, más que por los individuos. Son las mismas que los parlamentarios de su país. Como es de esperar, si alguno es sorprendido en delito flagrante, ni inmunidad, ni leches.
  • En todo caso es la Eurocámara quien puede decidir levantar la inmunidad de uno de sus miembros en el caso de petición por parte de una autoridad nacional competente. O sea, los eurodiputados no pueden ser objeto de persecución, arresto o detención por el ejercicio de sus funciones, gozan de inmunidad de jurisdicción penal que SOLO puede ser alzada por el PE.



5.  El Presidente del Parlamento europeo.

Elegido por el PE para un periodo renovable de dos años y medio (1/2 legislatura).  Representa al PE en el exterior y sus relaciones con otras instituciones comunitarias, y es asistido por 14 vicepresidentes.

Las candidaturas son elevadas al presidente provisional.  Se votan  pero si después de tres intentos ningún candidato ha obtenido la mayoría absoluta de los votos, en la cuarta votación solo se quedan los dos candidatos cuyas candidaturas hubieran tenido más votos en la tercera.  Si hubiera empate se proclamaría Presidente de la Eurocámara al candidato de mayor edad. 

Presidente:  supervisa TODAS las actividades del PE así como de sus órganos y los debates del pleno, y garantiza el cumplimiento del Reglamento del PE.

El Presidente del PE comienza cada reunión del Consejo Europeo exponiendo el punto de vista del Parlamento y sus preocupaciones relativas a los puntos del orden del día y otras cuestiones.

Cuando Parlamento aprueba presupuesto de la UE: Presidente lo firma, entonces adquiere carácter ejecutivo. Presidente PE + Presidente Consejo firman todos los actos legislativos aprobados con arreglo al procedimiento legislativo ordinario.



6.  El Pleno.

.-Parlamento Europeo en sentido estricto, compuesto por todos los Eurodiputados.  

.-Sesión Plenaria: Fase de mayor relieve de la actividad del PE, es la culminación del trabajo legislativo y es el espacio en que los Diputados Europeos participan en el proceso comunitario de decisión.
  • Reuniones ordinarias: Primer martes de marzo de cada año (sin necesidad de previa convocatoria).  12 Sesiones ordinarias al año.
  • Reuniones Extraordinarias: bajo petición Consejo, Comisión Europea o Mayoría Parlamentaria.
.-Pleno Parlamento: formado por todos los Eurodiputados.  Debates en 24 lenguas. Los acuerdos, generalmente se adoptan por la mayoría absoluta de los votos.

Textual, de la web del PE:

 

"En la sesión plenaria el Parlamento Europeo decide, en la mayor parte de los casos, por mayoría absoluta de los votos emitidos. El quórum (número mínimo de diputados que deben estar presentes para que el resultado de la votación sea válido) se alcanza cuando está presente en el hemiciclo la tercera parte de los diputados. Si la presidencia, a solicitud de 38 diputados por lo menos, comprueba que ese no es el caso, la votación se aplaza hasta la sesión siguiente."

.-Eurodiputados: no se agrupan por países, sino por sus intereses políticos.

  • solo se puede pertenecer a un grupo político.
.- Antes de esto, el PE fue solo un foro de debate y como órgano, lo fue solo a nivel consultivo.

7.  Conferencia de Presidentes.

  • Compuesta por Presidente Parlamento + Presidentes grupos políticos. 
  • Se reúne dos veces al mes generalmente, y esas reuniones no son públicas.
Órgano político del Parlamento Europeo competente para:

  • Organizar trabajo PE y programación legislativa.
  • Atribución competencias a comisiones y delegaciones y su composición.
  • Relaciones con demás instituciones de la UE, Parlamentos nacionales y terceros países.
  • Calendario de la Institución, orden del día sesiones y distribución escaños diputados en hemiciclo.
  • Asumir funciones encomendadas en Reglamento.
  • Organización trabajos PE y Órganos
Las Actas de la Conferencia de Presidentes, traducidas a lenguas oficiales, son impresas y distribuidas a todos los diputados.  Todo diputado puede formular preguntas relativas a las actividades de la Conferencia de Presidentes.

8.  Mesa.

Órgano de dirección reglamentaria del Parlamento Europeo. Elegidos por mayoría absoluta de votos emitidos. Periodo de dos años y medio, con carácter renovable.

Reunión 2 veces al mes.

Compuesta por:
  • Presidente PE.
  • 14 Vicepresidentes.
  • 5 Cuestores (observadores, elegidos por 2 años y medio, voz pero no voto),
Competencias de la Mesa:
  • Establecer anteproyecto de Estado de previsiones del presupuesto del PE.
  • Resolver cuestiones Admtvas, Personal, Organización.
  • Funcionamiento interno Parlamento.
  • Decisión cuantía asignaciones concedidas a partidos políticos representados en PE.
  • Nombramiento Secretario General Parlamento, que dirige los servicios administrativos de la Institución.
  • Determinar composición/organización Secretaria General.
Cualquier diputado puede formular preguntas sobre las actividades de la Mesa.

Actas de la Mesa:  Se traducen a las lenguas oficiales, se imprimen y distribuyen a todos los diputados.




9. Conferencia de Presidentes de Comisión y Conferencia de Presidentes de Delegación.

  • Órgano político del PE encargado de mantener y mejorar la cooperación entre comisiones parlamentarias. 
  • Integrada por los Presidentes de todas las Comisiones Permanentes y Temporales.
  • Reuniones: Una vez al mes por regla general, en Estrasburgo, durante las semanas de sesiones plenarias.
La Conferencia de Presidentes de Comisión puede:
  • "Recomendar" a la Conferencia de Presidentes sobre trabajo Comisiones y establecimiento orden del día de los periodos parciales de sesiones.
  • Ofrecer consejo a la Conferencia de Presidentes en caso de conflicto de competencias entre dos comisiones.
La Conferencia de Presidentes de Delegación:

  • Órgano político del PE que examina periódicamente asuntos relacionados con correcto funcionamiento delegaciones interparlamentarias/delegaciones en las comisiones parlamentarias mixtas.
  • Integrada por los Presidentes de todas las Delegaciones Interparlamentarias.
La Conferencia de Presidentes de Delegación puede:
  • Formular recomendaciones a la Conferencia de Presidentes sobre el trabajo de las delegaciones.
  • Elaborar proyecto de calendario anual de las reuniones interparlamentarias y de las reuniones de las comisiones parlamentarias mixtas.
10.  Cuestores.

Órgano del Parlamento Europeo Responsable de:

  • Gestionar asuntos administrativos/económicos que afecta directamente a los diputados.
  • Velar para que eurodiputados dispongan de la infraestructura y los medios necesarios para desarrollar sus mandatos (p.e.   instalaciones y servicios generales).
Son 5 y son miembros de la Mesa.

  • Elegidos tras elección Presidente y 14 vicepresidentes.  Votación secreta, 3 vueltas y por mayoría.
    • En las 2 primeras vueltas, se requiere la mayoría absoluta de los votos emitidos.
    • En la última basta con la mayoría relativa.
  • Mandato de dos años y medio.
  • Voz consultiva en la mesa
  • Reuniones una vez al mes.
  • Pueden presentar propuestas de modificación o reformulación de textos relativos a las reglamentaciones adoptadas por la MESA.
  • Cualquier diputado puede formular preguntas relativas a las actividades de los Cuestores.



En el siguiente post continuaremos con el Parlamento Europeo comenzando por las Comisiones del Parlamento Europeo.

miércoles, 4 de agosto de 2021

LA UNIÓN EUROPEA. 1. La Unión Europea: Instituciones y organismos de la UE. El Derecho Primario y el Derecho Derivado. Principios de actuación de la UE. Competencias de la UE.

Este es el primer tema del Temario Específico para Administrativo


La Unión Europea: Instituciones y organismos de la UE. El Derecho Primario y el Derecho Derivado. Principios de actuación de la UE. Competencias de la UE.

Quizá debemos dividir el tema en varios post.  Empezamos por:

Instituciones y organismos de la UE

Estos son los enlaces para acceder directamente a estas instituciones/organismos, por si queréis saber más.

Las instituciones de la Unión Europea también se conocen como instituciones comunitarias o, simplemente, instituciones europeas.



             Vídeo perteneciente al canal de Youtube "Comisión Europea en España"


Originariamente, la CECA (Comunidad Europea del Carbón y Acero) contó con sus propias instituciones:

  • La Alta Autoridad
  • El Consejo de Ministros
  • La Asamblea
  • El Tribunal de Justicia

A las cuales los Estados miembros habían transferido todas sus competencias en materia de carbón y acero. Esta estructura fue copiada por las restantes comunidades europeas, aunque sin la perfección institucional de aquella.

El Tratado de Roma fusionó la Asamblea y el Tribunal de Justicia, que pasaron a ser instituciones comunes a las tres Comunidades: CECA, CEE y CEEA. Posteriormente, el Tratado de Maastricht unió definitivamente estas instituciones.

El Tratado de Lisboa apenas ha alterado la arquitectura institucional de la Unión, basada en el triángulo compuesto por sus tres principales instituciones: el Parlamento, el Consejo y la Comisión.


             Vídeo perteneciente al canal de Youtube "Comisión Europea en España"



En la actualidad, existen siete instituciones europeas:

A la vez, existe un conjunto de instituciones u órganos complementarios, entre los cuales destacan:

  • El Comité Económico y Social, órgano consultivo tanto de la Comisión como del Consejo.

  • El Comité de las Regiones.

  • El COREPER o Comité de Representantes Permanentes, órgano de preparación de los trabajos del Consejo.

Obsérvese que los tratados distinguen entre la denominación de instituciones, reservada a los organismos principales, y la de órganos para aquellos que tienen como misión asistir a las instituciones.

En los próximos post seguiremos viendo el tema de la UNIÓN EUROPEA para las Oposiciones de Administrativo de la Conselleria de Sanitat de la Comunidad Valenciana.

domingo, 6 de junio de 2021

OPOSICIONES ADMINISTRATIVO CONSELLERIA DE SANITAT

Temario Oposiciones Administrativo Conselleria de Sanitat.






Por fin podemos inscribirnos a las Oposiciones de Administrativo de la Conselleria de Sanitat.  Por lo que he estado viendo, el temario no es muy diferente del temario de auxiliar administrativo, aunque bien es cierto que no salen muchas plazas, a estas alturas ya todos somos conscientes de la relación entre oposición y puntos para la bolsa.

Así que os voy a desglosar el temario.

Temario de Administrativo Instituciones Sanitarias Generalitat Valenciana.

1.  La Unión Europea:  Instituciones y organismos de la UE. Derecho Primario y el Derecho Derivado.  Principios de actuación de la Unión Europea.  Competencias de la UE.


2.  Ley 39/2015 de 1 de octubre.


3. Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público. Título Preliminar. Disposiciones Generales, Principios de Actuación, y Funcionamiento del Sector Público.


4. Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública.  La acción de responsabilidad. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.  La potestad sancionadora de la Administración. Principios Generales.  El Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.  Procedimiento en materia sancionadora.


5. Los contratos del sector público (I). Objeto y ámbito de aplicación de la Ley de contratos del sector público. Los tipos contractuales. Contratos administrativos y contratos privados. Perfección y forma del contrato. Régimen de invalidez. Partes del contrato. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público.


6. Los contratos del sector público (II). Normas generales de la preparación de contratos por las administraciones públicas. Procedimientos de adjudicación de los contratos de las administraciones públicas. Formalización, contenido y efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Órganos de contratación. Recurso especial en materia de contratación.


7.  La Administración electrónica: Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: disposiciones generales; principios de protección de datos y derechos de las persones.

8. Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Transparencia de la actividad pública. Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad de mujeres y hombres. Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

9. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Selección y provisión del personal estatutario. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo. Situaciones administrativas del personal estatutario. Jubilación y prolongación de la permanencia en el servicio activo

10.  Decreto 192/2017. de 1 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Selección y provisión de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias públicas del Sistema Valenciano de Salud.



11.  La selección del personal temporal para cobertura de plazas estatutarias gestionadas por la Conselleria con competencias en materia de Sanidad.


12.  Sistema retributivo del personal estatutario al servicio de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. Normativa en materia de retribuciones de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. Regulación del sistema de carrera y desarrollo profesional del personal estatutario al servicio de la Conselleria con competencia en materia de sanidad.

13.  Jornada de trabajo, permisos y licencias del personal estatutario. Decreto 137/2003, de 13 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Generalitat dependientes de la Conselleria de Sanidad. Derecho a la negociación colectiva del empleo público. Particularidades de la negociación del personal de las Instituciones Sanitarias dependientes de la CSUySP.

14.  Régimen disciplinario y su regulación en las instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. Régimen de incompatibilidades. Actividades públicas y privadas. Actividades exceptuadas.


15.  Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: Clases de contratos. Contenido del contrato. Real decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social: La seguridad social del personal al servicio de la Administración de la Generalitat. Estructura. Afiliación, Altas y Bajas.



16.  Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones: ámbito de aplicación; de la Hacienda Pública de la Generalitat: Los presupuestos de la Generalitat: las fases de ejecución y documentos contables del estado de ingresos. Ordenación del gasto. Operatoria contable del estado de gastos del presupuesto. La gestión y contabilización de gastos de funcionamiento y de inversión. Gestión y contabilización de gastos por transferencias corrientes y de capital. La gestión de los gastos en materia de personal en la Generalitat.

17.  Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

18.  Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica: Contenido y principios generales. Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana. La Libre elección en el ámbito de la Atención Primaria y Especializada del Sistema Valenciano de Salud. El Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP).

19.  El sistema de Información Poblacional de la Conselleria con competencias en materia de Sanidad. El derecho a la protección a la salud y a la asistencia sanitaria.

20.  Introducción a la Informática: Conceptos básicos. Hardware, estructura funcional de un ordenador, componentes físicos, periféricos de entrada y salida, conexiones. Software, soporte lógico de un ordenador: conceptos básicos, sistemas operativos actuales (Windows, Unix). internet, Correo Electrónico: Conceptos básicos, navegadores. Videoconferencia.


21.  Los Sistemas Ofimáticos: Procesadores de Texto: concepto, funcionalidades principales, plantillas combinación de correspondencia.


22.  Los Sistemas Ofimáticos: Hojas de Cálculo: concepto, funcionalidades, tablas dinámicas, funciones, gráficos. Presentaciones: concepto y funcionalidades principales


También os dejo el enlace para que os inscribáis.  Inscripción Opo Administrativo Conselleria Sanitat


sábado, 15 de mayo de 2021

Cambio en el Bibliografía de la categoría de Auxiliar Administrativo de la Consellería de Sanidad.

 Fueron múltiples las quejas e incluso los sindicatos se manifestaron, a raíz de la publicación  del temario de Auxiliar Administrativo de la Consellería de Sanidad.




Si bien desde Sanidad decicieron no modificar el temario, sí lo hicieron con la bibliografía.   A unos les parece bien, porque concreta la parte a estudiar, y a otros les parece mal porque entienden que supone más "tocho para estudiar".  Sinceramente, yo no sé qué decir, porque no controlo.

Veo temas que realmente considero importantes, como el SIP, la normativa de la bolsa, la 39 y la 40, la ley de igualdad, la de transparencia, protección de datos, riesgos laborales...  Respecto a la informática, lo de hacer preguntas sobre papel, es muy distinto a ver como funciona una persona a la hora de utilizar un ordenador, pero entiendo que lo pongan.

Siempre echo de menos que pongan una parte de ortografía porque he visto a auxiliares administrativos escribir "ematología" y eso me parece inadmisible.


A continuación copio y pego la Bibliografía.  Durante estos días buscaré los enlaces y los tendréis en las páginas de este blog, para que accedáis directamente.  Es que por otro lado, me estoy preparando unas opos de Admón local alguno de cuyos temas coincide con este y por eso tengo menos tiempo para echaros una mano con este blog.


ACCESO BIBLIOGRAFÍA TEMARI COMÚ

Constitución Española de 1978. 

-Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. 

-Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano. 

-El Reglamento de les Corts Valencianes: Título preliminar; Título I; Título II: artículos 15 y 16; Título III: artículos 23 y 30  

 https://www.cortsvalencianes.es/sites/default/files/section_docs/doc/RCV_web_juny_2019_ca stella.pdf 

-Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Título I; Capítulo V del Título III. 

-La Ley de la Función Pública Valenciana: Título I: artículos 1 y 3. -Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Título I: artículos 3, 6, 10, 11; Título II: artículos 38 y 41 y Título III: artículos 44, 45, 49 y 50.

 https://www.mscbs.gob.es/profesionales/prestacionesSanitarias/CarteraDeServicios/home.ht m 

- Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública: Título Preliminar; Título I; Títulos II: artículos 12, 16 y 19. 

-Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana: Título III: artículos 13, 14 y 15. https://www.boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-1239-consolidado.pdf 

-Decreto 74 /2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento sobre estructura, organización y funcionamiento de la atención sanitaria en la Comunitat Valenciana: Capítulo I: artículos 1, 2, 3, 4, 5, 8. Capítulo II: artículo 11, 16, 21, 22, 27. 

-Decreto 185/2020, de 16 de noviembre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (DOGV nº 8959, de 24/11/2020): 

Título I: artículos 1 y 2. 

Título II: artículos del 8 al 17. http://www.san.gva.es/documents/157385/6431837/IV_PLAN+DE+SALUD_CV_2016_Castellan o_web.pdf 

-Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE nº 301, de 17/12/2003): del Capítulo I al Capítulo XII ambos inclusive

ACCESO A BIBLIOGRAFÍA NORMATIVA ESPECÍFICA

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: artículos 1 a 37, ambos inclusive. 

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Títulos I al V, ambos inclusive.

 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: artículos 12 a 18; 36 y 37; 61 a 65; 74; 99 a 102; 153; 188; 198 y 209 

Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana: artículos 1,6,7, 12, 13, 14, 21, 26, 31, 44, 50, 51 y 52. 

Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: artículos 1, 2, 5, 6, 8, 11 y 26. 

Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: artículos 1, 2, 15, 17, 18, 19 y 23. 

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: artículos 14 y 15.

 Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana: artículos 1, 2, 5, 7, 8, 15 y 16. 

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres consolidada: artículos 1; 3; 5; 6;7; 10; 12 y 13. 

Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad de mujeres y hombres consolidada: artículos 13, 14, 15, 17, 18, 19, 42, 44, 45, 47 y 48. 

Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. 

Decreto 192/2017, de 1 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección y provisión de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias públicas del Sistema Valenciano de Salud: Título preliminar; Titulo I; Título II: capítulo I sección 1ª; Capítulo II; Capítulo III; Capítulo IV; Capítulo V. 

Orden 4/2019, de 14 de noviembre, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se regula el procedimiento de selección de personal temporal para la cobertura de plazas estatutarias gestionadas por la Conselleria con competencias en materia de sanidad. 

Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública. 

Ley 11/2000, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat: artículos 53 a 56.

 Decreto 137/2003, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Generalitat dependientes de la Conselleria de Sanidad Decreto 38/2016, de 8 de abril, del Consell, por el que se modifica el Decreto 137/2003, de 18 de julio, por el que se regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat dependientes de la Conselleria de Sanitat.

 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Título III: Capítulo V. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores: artículos 10 al 13, ambos inclusive. 

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social: artículos 15 y 16.

 Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones: artículo 58. 

Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat: artículos 3 y 6. 

Orden de 12 de diciembre de 1994, de la Conselleria de Economía y Hacienda, sobre gestión y registro contable de las operaciones de administración y ejecución del presupuesto de la Generalitat Valenciana: regla 18 

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales: artículos 2, 3, 5 , 7, 10, 14, 25, 26 y 29.

 Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica: artículos 1, 2, 4,5, 7, 8 y 9. 

Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana: artículos 17, 18 y 19. 

Decreto 74/2015, de 15 de mayo, del Consell, por el que se regula la libre elección en el ámbito de la atención primaria y especializada del Sistema Valenciano de Salud, así como la creación de su registro autonómico: artículos 7 y 8. 

Decreto 138/2012, de 14 de septiembre, del Consell, por el que se regulan los Servicios de Atención e Información al Paciente. 

Decreto 126/1999, de 16 de agosto, del Gobierno Valenciano, por el que se crea el Sistema de Información Poblacional de la Conselleria de Sanidad.

 Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: artículos 3, 3 bis y 3 ter. 

Introducción a la Informática. Edición 2014 Anaya Multimedia; Autor: Juan Diego Pérez Villa; I.S.B.N: 978-84-415-3420-9; Capítulo 1,2,3,4. Windows 10; Anaya Multimedia; Autor: Jose María Delgado; I.S.B.N: 978-84-415-4100-9; Fecha de Publicación: 14/02/2019; Capítulos: Windows 10, Aplicaciones y programas, Gestión de archivos y OneDrive, Administrador de tareas y 

Recursos compartidos https://support.microsoft.com


Pues nada chicos, ánimo y.... ¡a por ello!

martes, 11 de mayo de 2021

Temario 1. La Constitución. La Corona. A.


LA CORONA. 

En este post os cuento un poco la parte de la C.E (Constitución Española) que versa sobre la corona.  Tras una pequeña introducción, sabremos más sobre la figura de el Rey, cuáles son sus funciones, qué pasaría en caso de sucesión, regencia, etc., así como lo relativo al refrendo.  Por cierto, cada vez que se cita una norma o artículo disponéis de un enlace para poder leerlo de su fuente original. ¿Preparados?  Espero que os sea útil.

Temario Común 1. La Reforma de la Constitución Española



https://apuntesdeunaopositora.blogspot.com #reformaconstitución #apuntesdeunaopositora



CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.  REFORMA.


 Cuando decimos que la Constitución es una norma rígida, es porque se trata de una norma muy estricta a la hora de proteger su contenido ante los cambios.  Por ello es tan sumamente complicado reformarla.

Temario Común 1. La Constitución Española.

Hello, darlings!


Pues nada, aquí estamos otra vez preparándonos las oposiciones.  La suerte es que lo primero que me sale para estudiar es la Constitución, que aunque es un tochito, pues oye, más o menos a todos nos suena de algo.

Y como soy muy de Youtube,  se me ocurrió que quizá buscando la palabra CONSTITUCIÓN y OPOSICIÓN me encontraría algo interesante o que me facilitara la tarea del aprendizaje.  Y así fue como descubrí el fantástico canal de Carol García.

2. SELECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS: OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO

2. SELECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS: OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO El objetivo de esta parte es definir empleado público y su direfente clasificaci...