A GRANDES LÍNEAS
La Ley 2/2015, de 2 abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, en el capítulo correspondiente a la publicidad activa indica que los sujetos del artículo 2 publicarán en sus webs, actualizada y estructurada la siguiente información.
- Información económica, presupuestaria y estadística
- Información de relevancia jurídica.
- Información institucional, organizativa y de planificación.
- Información relativa a altos cargos y asimiliados.
- Información relativa a territorio, urbanismo y medio ambiente.
- Otros contenidos que se establezcan reglamentariamente.
INFORMACIÓN ECONÓMICA PRESUPUESTARIA Y ESTADÍSTICA.
Los sujetos obligados del artículo 2 de la ley, en el ámbito de sus competencias, publicarán la siguiente información:
- a.- Todos los contratos y los encargos a medios propios.
- b.- Datos estadísticos sobre el porcentaje de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público.
- c.- Los convenios suscritos y su texto íntegro.
- d.- Las encomiendas de gestión suscritas y su texto íntegro
- e.- Las subvenciones y ayudas públicas concedidas
- f.-Los presupuestos
- g.- Las retribuciones íntegras anuales.
- h.- Las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización.
- i.- Información básica sobre la financiación de la Comunitat Valenciana.
- j.- La deuda pública de la Administración.
- k.- El plazo medio de pago a beneficiarios de ayudas y subvenciones, convenios y proveedores, así como los informes de morosidad.
- l.- El inventario de bienes y derechos.
- m.- Gastos de caja fija.
- n.- El Coste de las campañas de publicidad y de promoción institucional.
- o.- Información actualizada sobre encuestas y estudios de opinión.
- p.- Cuentas bancarias abiertas.
INFORMACIÓN DE RELEVANCIA JURÍDICA.
Las AAPP publicarán:
- a.- una relación de toda la normativa vigente en su ámbito de aplicación, incluyendo las ordenanzas fiscales en los casos de las administraciones locales.
- b.- Anteproyectos de ley o proyectos de decretos legislativos.
- c.- Proyectos de reglamentos.
- d.- Memorias e informes que conformen los expedientes de elaboración de normas.
Las AAPP y el resto de organizaciones comprendidas en el artículo 2 publicarán:
a.- Directrices, instrucciones, etc., a consultas planteadas cuando supongan interpretación del derecho.
b.- Las normas u otros instrumentos de planificación o programación cuando se sometan a información pública durante su tramitación.
4. INFORMACIÓN INSTITUCIONAL, ORGANIZATIVA Y DE PLANIFICACIÓN
Las organizaciones del artículo 2 publicarán:
- a.- La estructura organizativa de cada organización, funciones, sus órganos y centros directivos, sede, dirección y los medios de contacto e identificación de sus responsables.
- b.- Plantilla orgánica de plazas, relación de puestos de trabajo y retribución económica anual.
- c.- Los puestos de trabajo o plazas reservadas a personal eventual, entidad, centro directivo u órgano al que se encuentran adscritos y retribución íntegra anual.
- d.- La oferta anual de empleo público.
- e.- Convocatorias de selección temporal de sus empleados.
- f.- Resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a sus empleados.
- g.- Relación actualizada de los procedimientos administrativos, y las sedes de los registros en los que puede presentarse escritos y comunicaciones.
- h.- La cartera de servicios.
- i.- Información estadística desagregada.
- j.- Los planes y programas anuales y plurianuales. El grado de cumplimiento y los resultados.
- k.- Informes de evaluación de las políticas públicas y de calidad de los servicios públicos.
- l.- El plan e informe anuales de la Inspección General de Servicios de la Generalitat.
5. INFORMACIÓN RELATIVA A ALTOS CARGOS Y ASIMILADOS.
Los sujetos del artículo 25 publicarán:
- a.- Información relativa a sus funciones y su trayectoria profesional.
- b.- Un registro de los obsequios recibidos por razón de cargo.
- c.- La declaración de bienes, actividades y derechos patrimoniales.
- d.- Los viajes y desplazamientos fuera de la CV.
- e.- Las resoluciones de autorización del ejercicio de actividad privada tras el cese.
- f.- Las agendas institucionales de las personas integrantes del Consell y sus altos cargos.
Los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 25 de la ley son los siguientes:
- Las personas integrantes del Consell, las personas titulares de las secretarías autonómicas, subsecretarías, direcciones generales y órganos o centros directivos cuyo nombramiento competa al Consell.
- Las personas que desempeñen cargos directivos como presidentes, directores generales, directores gerentes, consejeros delegados y funciones ejecutivas asimilables en las organizaciones del sector público instrumental de la GVA así como cualquier persona que haya suscrito un contrato laboral especial de alta dirección.
6. INFORMACIÓN RELATIVA A TERRITORIO, URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE.
La Admon de la Generalitat difundirá a través de su Portal de Transparencia los instrumentos de ordenación del territorio, los planes urbanísticos y la regulación en materia de medio ambiente, garantizado a la ciudadanía su consulta.
7.OTROS CONTENIDOS OBJETO DE PUBLICACIÓN.
Reglamentariamente se establecerán, en el ámbito de la Admon de la Generalitat y su sector público, los criterios para incorporar al portal o las páginas web correspondientes:
- a) la información que se solicite con mayor frecuencia.
- b) la información sobre resultados, actividad y financiación de las políticas sociales de gasto (sanidad, educación y servicios sociales).
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