miércoles, 8 de noviembre de 2023

Transparencia en la Generalitat y Buen Gobierno. 1. Transparencia en la Generalitat

  Transparencia en la Generalitat.  Conceptos básicos.


TRANSPARENCIA

se puede definir como el derecho de los ciudadanos a acceder a la información que producen y gestionan las Administraciones Públicas.

DATOS ABIERTOS.

Se trata de datos que pueden ser utilizados, reutilizados y redistribuidos por cualquier persona en las condiciones que determine la normativa específica.  Las AAPP disponen de una enorme cantidad de que datos que pueden poner a disposición de la cuidadanía para que los utilicen y generen nuevo valor.

Para que los datos facilitados sean considerados abiertos deben estar disponibles en formatos reutilizables, por ejemplo CSV, XML, JSON, etc.


BUEN GOBIERNO


El buen gobierno puede definirse como el conjunto de principios éticos y de actuación que deben regir el comportamiento de las personas que tienen la condición de altos cargos y asimilados en las administraciones públicas.

Estos principios afectan a las personas integrantes del Consell y a las personas titulares de las secretarías autonómicas, subsecretarías, direcciones generales y órganos o centros directivos cuyo nombramiento completa al Consell.

También afectan a las personas que desempeñes cargos directivos como presidentes, directores generales, directores gerentes, consejeros delegados y funciones ejecutivas asimilabes en las organizaciones del sector público instrumental de la Generalitat, así como cualquier persona que haya suscrito un contrato laboral especial de alta dirección.


PUBLICIDAD ACTIVA

Es la información que la administración pone a disposición de la ciudadanía de forma proactiva sin necesidad de que la solicite, fundamentalmente a través de medios telemáticos.

Las obligaciones de publicidad activa incluidas en la normativa vigente constituyen un mínimo ampliable, es decir, constituyen una base, pero pueden ser ampliadas y superadas a voluntad de la administración pública en cuestión.


DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

La información pública es el conjunto de contenidos o documentos que obran en poder de la Admón y que han sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

El derecho de acceso a la información pública es el derecho que tenemos TODOS los ciudadanos a solicitar la información en poder de las administraciones públicas, a título individual o en representación de cualquier organización legalmente constituida, mediante solicitud previa y sin más limitaciones que las contempladas en la ley.

No hay que confundier el derecho de acceso a la información pública con otros procedimientos que se rigen por su normativa específica como:

Existen otras vías para solicitar información a la Administración que no suponen seguir el procedimiento específico anterior como, por ejemplo, solicitar información de carácter general, realizar una sugerencia o agradecimiento, presentar una denuncia, queja o reclamación.

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