domingo, 27 de noviembre de 2022

Reglamento Orgánico y Funcional Conselleria Sanidad y Salud Pública. Subsecretaría Capítulo III.

 SUBSECRETARÍA. (Reglamento Orgánico y Funcional Conselleria Sanidad y Salud Pública.)

SUBSECRETARÍA.

Normativa Sanitaria.

Título II, Capítulo III Decreto 185/2020.

Vamos a ver los últimos apartados de este Decreto, Subsecretaría y la Dirección que de ella depende.  

De la Subsecretaría depende: Dirección General de Recursos Humanos.


Artículo 16. Decreto 185/2020 Reglamento orgánico y funcional Conselleria Sanidad.


1.  Bajo la directa dependencia de la persona titular de la Conselleria, la Subsecretaría tiene atribuidas las competencias y funciones establecidas por el artículo 69 de la Ley 5/1983, así como la gestión de los recursos humanos de la Conselleria, la gestión económica, presupuestraria y contable, costes y facturación, control de la gestión presupuestaria y económica de las fundaciones y consorcios de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y Salud Pública, las funciones de Central de Compras, la tramitación de la contratación de obras y el aprovisionamiento de productos y servicios, así como la tramitación de la contratación de obras y el aprovisionamiento de productos y servicios, así como la tramitación de los procedimientos de responsabilidad patrimonial y el ejercicio de la potestad disciplinaria, excepto en el supuesto de que la sanción propuesta sea la de separación del servicio.


Artículo 17 Decreto 185/2020 Reglamento orgánico y funcional Conselleria Sanidad.  Dirección General de Recursos humanos como competencia de la Subsecretaría.


La Dirección General de RRHH, bajo la dependencia de la Subsecretaría, ejerce las competencias establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, así como las restantes previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de planificación de los RRHH, gestión y tramitación de los asuntos relativos al Personal al Servicio del Sistema público de salud, la docencia y formación del personal al servicio del sistema de salud, la prevención de riesgos laborales del personal de la Consellería con competencias en materia de sanidad, registro, procesos de selección y provisión, asesoramiento jurídico, administrativo y laboral, relaciones sindicales y condiciones de trabajo,  así como la ordenación profesional y el régimen disciplinario del personal sanitario.  Así mismo le corresponde ejercer la dirección del personal sanitario en virtud de lo dispuesto en el art. 69.3 de la Ley 5/1983, del Consell.

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